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Dinero

Llega iniciativa de AMLO al Congreso para prohibir las condonaciones de impuestos

La Comisión Permanente recibió la iniciativa de decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que reforma la Constitución con el fin de prohibir las condonaciones y exenciones de impuestos en el país.

De acuerdo con el gobierno federal, en los dos últimos dos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a sólo 153 mil 530 contribuyentes, por eso la reforma modifica el primer párrafo del artículo 28 de la Carta Magna.

“En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos monopolios, prácticas monopólicas, estancos, condonaciones de impuestos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección de la industria”, se precisa.

El documento resalta que la condonación de contribuciones puede llegar a afectar el interés general de la población, ya que, de otorgarse de forma desmedida a sujetos obligados, repercute en el equilibrio que debe existir entre los ingresos y los gastos públicos.

Apunta que en los últimos sexenios se ha distorsionado el fin de otorgar al contribuyente ese beneficio, hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas, prácticamente de “forma lisa y llana, sin que exista un enfoque de política fiscal”.

Indica que esta práctica ha causado el quebranto en ingresos financieros del Estado, además de que provocó un desequilibrio en la carga fiscal, que recae en el conjunto de la sociedad en detrimento de los contribuyentes cumplidos.

También se destaca que con esta iniciativa se detendrá la “nociva práctica de otorgar de forma discrecional y periódica y, de manera generalizada y masiva la condonación de contribuciones a deudores fiscales”.

Actualmente, el artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación confiere al Ejecutivo federal la facultad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades.

La iniciativa que se reproduce al final de esta nota se turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen.

Fuente: Aristegui Noticias

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Subirá precio de la luz: CFE aumentará tarifas eléctricas domésticas a partir de agosto

De acuerdo con datos emitidos por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), las tarifas eléctricas Domésticas de Alto Consumo (DAC) aumentaron hasta 20.9 por ciento en la Ciudad de México y Estado de México, respecto al mes de agosto de 2020 y expertos señalan que esta tendencia al alza continuará por el resto del 2021.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE), señala que la tarifa eléctrica Domestica de Alto Consumo (DAC), se aplica en los hogares cuyo consumo promedio es igual o superior a los 250 kilowatt-hora (KWh) mensuales durante un año y detalla que está compuesta por dos cargos, los cuales detallamos a continuación:

Uno de los cargos que componen la tarifa DAC es fijo y luego de presentar un alza anual del 6.9 por ciento se fijó para agosto de 2021 en 120.9 pesos. Mientras que el otro cargo, el cual representa un mayor cobro se calcula dependiendo la cantidad de energía consumida dentro de la categoría DAC, y para este mes el kW-h se estableció en 5.50 pesos, lo que significa que presentó un aumento anual del 21.0 por ciento, además, dicha cifra representa el máximo histórico desde el 2007, fecha en la que estos datos están disponibles.

De esta manera, entre más energía se consuma por la tarifa Doméstica de Alto Consumo (DAC), el importe del recibo de electricidad tendrá un aumento cada vez más cercano al 21.0 por ciento anual.

Según la fórmula de la Secretaría de Hacienda para calcular la tarifa DAC, el aumento en el cargo fijo es una consecuencia de inflación en el país, mientras que en el aumento en el cargo por energía consumida corresponde a una combinación del aumento en el precio de los combustibles y otros insumos que utiliza la Comisión Federal de Electricidad para realizar su operación.

Fuente: El Heraldo de México

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Publican lista de precios máximos aplicables de Gas LP

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó este sábado el listado de las 145 regiones -en las en que la Secretaría de Economía (SE) divide el país- sobre los precios máximos del gas licuado de petróleo que podrán ser aplicables al consumidor.

Según lo publicado en la página web de la CRE, los precios máximos aplicables de Gas LP obedecen al acuerdo A/24/2001, el cual establece la forma en que la regulará el costo final del energético para los usuarios.

El pasado jueves el acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que exponen la metodología que fija los precios máximos al consumidor final de Gas LP.

Cada sábado la Comisión actualizará los precios máximos que podrán ser aplicables por región, y deberán ser consultados por los permisionarios que comercialicen y/o distribuyan el energético.

Las diferencias de precios varían por los costos asociados a la logística de cada región, es decir, de la infraestructura con la que se cuenta al final de la cadena, antes de llegar a los hogares o negocios, de acuerdo con La Jornada.

En el listado sobresale que el precio mínimo del gas licuado de petróleo será ofertado en la entidades de Baja California, donde en los municipios de Tijuana y Playas Rosarito se venderá a 10.56 pesos el litro.

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