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De 30 a 60 años de prisión a quien cometa feminicidio en Chihuahua

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Durante el pleno la diputada Laura Marín leyó el decreto que conforma la tipificación del feminicidio en el Estado de Chihuahua, mediante este decreto que fue votado por 32 votos a favor y cero abstenciones para aprobar esta iniciativa dentro de la comisión de Justicia.
Marín por su parte informo que quien cometa el delito de feminicidio o quien prive de la vida a una mujer por razones de género pudiendo ser el sujeto activo persona conocida o desconocida y sin ningún tipo de relación. Se considera que existen razones de género cuando.
· Cuando la víctima del delito de homicidio sea menor de edad.

· Si además del homicidio, se comete en perjuicio de la víctima otros delitos, deberá imponerse pena por cada delito cometido aún y cuando con ello exceda el máximo de la pena de prisión.

· La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo

· A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

· A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida.

· Exista o haya existido entre el activo y la victima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio

La reparación del daño será integral y comprenderá además del daño moral, las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición en los términos de la Ley General de Víctimas, en su dimensión individual, colectiva, material, moral y simbólica, expreso Marín.
La diputada del PAN acoto que se considerará que existe razón de género si se actualiza cualquiera de los siguientes supuestos:

· La privación de la vida derivó de uno o varios actos desplegados por el activo dirigidos a dominar, subyugar, someter o controlar a una mujer.
· De forma previa o concomitante a la privación de la vida el activo ejerza sobre el pasivo:

· –Violencia sexual, física, psicológica, económica, patrimonial o de cualquier tipo, en los términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
· –Explotación, en los términos de lo dispuesto por la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
-Anuncio Marín que de forma previa, concomitante o con posterioridad a la privación de la vida, infligirle cualquier lesión, mutilación o acto que denigre o humille su condición de mujer.
Conforme a alguno de los supuestos previstos, y con posterioridad a la privación de la vida, el activo realice alguna de las siguientes acciones respecto al cuerpo o restos de la víctima:
· Inhumarlo u ocultarlo.
· Actos de necrofilia.
· Exhibirlo, arrojarlo o depositarlo en un lugar público o abierto.
· A quien cometa feminicidio se le impondrá: La pena será de cincuenta a setenta años de prisión se impondrá al responsable en los siguientes casos:
· Cuando exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguineidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo, amistad, laboral o cualquier otra que implique confianza, subordinación, autoridad o cercanía.
· Cuando se causen a la víctima lesiones infamantes o degradantes.
· Que haya sido incomunicada.
· Cuando la víctima sea niña o indígena, o se encuentre embarazada o tenga alguna discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, la pena será de sesenta a cien años de prisión.

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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