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Chihuahua

5 mil niños y niñas de diferentes Municipios de Chihuahua ya cuentan con la vacuna contra el Covid-19

Este martes 23 de agosto se inmunizaron 5 mil 218 niñas y niños de 5 a 11 años de edad en los municipios de Saucillo, Jiménez, Guerrero, Coyame del Sotol, Manuel Benavides y Ojinaga del biológico Pfizer pediátrico contra Covid-19, destacó el coordinador estatal de vacunación, Hugo Lechuga Barrera.

La estrategia para inmunizar al mayor número de menores se mantendrá vigente este miércoles en Saucillo, Jiménez, Guerrero y Ojinaga; esta acción tiene como fin mantener control en los contagios, además con la aplicación del biológico se logran atenuar los efectos negativos de esta enfermedad en este grupo vulnerable.

Al detallar la información por municipio, Lechuga Barrera sostuvo que en Jiménez sumaron 2 mil 230 menores, Guerrero 938, Saucillo mil 150, Ojinaga 669, Manuel Benavides 111 y Coyame del Sotol 120.

Le recordamos que este miércoles 24 de agosto en Saucillo la jornada de vacunación continúa en el Auditorio Municipal.

En Naica, de ese mismo municipio, el miércoles 24 de agosto se aplica el biológico en la cancha del seccional, en el orden alfabético de la “O” a la “S” de 8 a 10 am, de igual manera de la letra “T” a la “W” de 10 a 12 pm y termina con los de apellido con inicial “X” a la “Z” de 12 a 2 pm.

La jornada de vacunación en Jiménez sigue este 24 de agosto, fecha en que fueron asignadas las letras “J” a la “L” de 8 a 10 am, en seguida “M” a la “O” de 10 a 12 pm y avanza con la “P” a la “R” de 12 a 2 pm; continúa el Jueves 25 de agosto con las letras “S” a la “U” de 8 a 10 am para perseguir con los de apellidos con letras de la “V” a la “X” de 10 a 12 pm y termina con las letras “Y” a la “Z” de 12 a 2 pm.

En Guerrero, la sede es el auditorio Abraham González e inicia la aplicación del biológico el miércoles 24 de agosto de 8:30 a 2:00 pm con las letras “J” a la “P” y el jueves 25 de agosto de la Q a la Z.

En la seccional de La Junta (auditorio ejidal) sigue la vacunación el miércoles 24 de agosto de 8:30 a 2:00 pm con los apellidos de “J” a la “P” y cierra el jueves 25 de agosto de la “Q” a la “Z. Además en (salón ejidal) Tomochi se destinó el 24 de agosto para atender a quienes llevan los apellidos “A” a la “Z”.

En el Poliforum de Ojinaga, el miércoles 24 de agosto, se hará lo propio de 8 a 2 pm con aquellos menores cuyo apellido inicie con “K” a la “R” para culminar el jueves 25 de la “S” a la “Z”.

Los requisitos para poder recibir la vacuna son los siguientes: presentar el registro impreso, que se puede descargar en la dirección electrónica: mivacuna.salud.gob.mx, presentar la Clave Única de Registro Poblacional (CURP) del menor, su acta de nacimiento y una identificación oficial del padre, madre o tutor.

Los padres de los niños deben llevar a sus hijos ya desayunados e hidratados.

Fuente: Noticias locales

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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