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México

Se apreciará este martes el último tránsito de Venus en el siglo

México, DF. “El último tránsito de Venus de nuestro tiempo” será visible este martes desde más de 40 puntos de la República y en ese paso el observador podrá apreciar al planeta como un pequeño disco negro sobre la cara del Sol.

El presidente de la Academia Mexicana de Ciencias, José Franco, indicó que dicho disco tardará varias horas en cruzar frente a la brillante superficie solar, lo cual también será avistado desde Asia y Oceanía, la parte norte de Sudamérica y Europa.

Este fenómeno natural se produce cuando el Sol, Venus y la Tierra se encuentran alineados y el segundo planeta del Sistema Solar pasa por uno de sus nodos. Es el equivalente a un “eclipse de Sol por Venus”, lo cual sólo puede ocurrir en los meses de junio y diciembre.

Para la observación de este fenómeno, que ocurre en ciclos dobles cada 105.5 o 121.5 años por lo que el próximo será en el año 2117, es necesario utilizar protección adecuada como los lentes utilizados para observar eclipses de Sol, detalló en un comunicado.

Tres lugares del noroeste del país fueron elegidos para su observación: Torreón, en Coahuila; Los Cabos, en Baja California Sur, y el Observatorio Nacional de San Pedro Mártir, en Baja California, que es donde se verá con mayor claridad el fenómeno y tendrá una duración de seis horas y 40 minutos.

En la ciudad de México habrá actividades en el Castillo de Chapultepec: de las 15:45 a las 16:00 horas se tendrá una bienvenida e introducción por parte del Instituto de Astronomía de la UNAM y de las 16:00 a las 16:40, el investigador Daniel Flores Gutiérrez impartirá la conferencia “Historia de los tránsitos de Venus”.

De las 16:40 a las 17:00 horas, Enrique Anzures Becerril impartirá la plática “Guía para el tránsito de Venus” y de las 17:00 a las 20:00 horas sucederá la Observación Solar, que estará abierta al público en general.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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