Conecta con nosotros

México

Hallan al menos 11 cadáveres en fosas clandestinas en Michoacán, México

“Los nueve cuerpos se descubrieron a raíz de una denuncia anónima”

Revelación en una denuncia anónima

Las autoridades mexicanas han encontrado al menos 11 cadáveres en fosas clandestinas localizadas en distintos puntos de Michoacán, al occidente del país.
“Los nueve cuerpos se descubrieron a raíz de una denuncia anónima”
Los cadáveres de nueve personas fueron hallados en una fosa clandestina en un paraje rural de Tumbiscatío, una convulsa región del oeste de México, donde líderes del cártel de Los Caballeros Templarios tenían uno de sus cuarteles, informó el viernes la fiscalía estatal.
«Los nueve cuerpos se descubrieron a raíz de una denuncia anónima que alertaba sobre fosa clandestina», dijo a la AFP un agente de la fiscalía de Michoacán que pidió el anonimato.
Personal del servicio médico forense y del ministerio público se trasladó a Tumbiscatío, un municipio incrustado en una zona serrana de difícil acceso, donde en marzo pasado militares abatieron a Nazario Moreno, fundador y líder del cartel de los Caballeros Templarios.

Las autoridades informaron que la fosa fue localizada en un predio de la comunidad de Playitas, e indicó que los cuerpos se encuentran en avanzado estado de descomposición, aunque en algunos se pueden apreciar lesiones de arma de fuego, indica Notimex.Este capo tenía en ese lugar un campo de adiestramiento y una propiedad desde donde controlaba las operaciones del grupo criminal.
Hasta el momento se desconoce la identidad de las víctimas, por lo que especialistas analizan los restos a través de diferentes pruebas forenses y los cotejan con la base de datos de personas reportadas como desaparecidas o no localizadas.
El personal policial y forense trabajó varias horas para rescatar los cuerpos, mismos que fueron trasladados al Servicio Médico Forense de Lázaro Cárdenas.
De acuerdo a Efe, la fiscalía investiga si Servando Gómez, alias «la Tuta», está detrás de los hechos.
La segunda fosa
Notimex subraya que se trata el segundo hallazgo de esa naturaleza durante las últimas horas en el estado, luego de que la víspera se encontró otra fosa clandestina con dos cuerpos en el puerto de Lázaro Cárdenas.
El pasado jueves fue encontrada otra narcofosa con los restos de otras dos personas en la tenencia de La Mira correspondiente a ese municipio, según el reporte de las autoridades policiacas.
Dicha fosa fue descubierta por agentes de la Procuraduría General de la República (PGR, Fiscalía) en el marco de un operativo para detectar fosas clandestinas en la región.

fosas-clandestinas_655x438Univisión

 

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto