Conecta con nosotros

México

Presentan a Jesús Alfredo Guzmán Salazar, hijo de El Chapo

La Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) identificó a , presunto hijo de Joaquín “el Chapo” Guzmán, como el principal introductor de droga a Estados Unidos por el cártel de Sinaloa, así como pieza clave en la administración de los negocios de su padre.

Durante la presentación del detenido, el director de Comunicación Social de la Semar, José Luis Vergara Ibarra, afirmó que Guzmán Salazar cuenta con una orden de extradición girada en Estados Unidos y con una orden de aprehensión en Chicago.

En las instalaciones de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (Siedo), indicó que al momento de su captura se le aseguraron dos armas largas y dos cortas, cuatro granadas, 135 mil dólares americanos, 295 mil pesos, identificaciones con distintos nombres y dos vehículos.

Vergara Ibarra refirió que, como resultado de un intenso trabajo de inteligencia naval, así como del intercambio de información con agencias estadunidenses, esta mañana fue detenido Guzmán Salazar, apodado “el Gordo”, en un domicilio de la colonia Jardines de la Patria, municipio de Zapopan, Jalisco.

Al momento de su captura por fuerzas especiales de la Armada de México, Guzmán Salazar estaba acompañado por Kevin Daniel Beltrán Ríos, de 19 años, presunto colaborador e integrante del cártel de Sinaloa.

El director de la Comunicación Social de la Semar señaló que Guzmán Salazar, originario de Jalisco, es considerado como uno de los principales dirigentes del cártel del Sinaloa y elemento clave dentro de dicha organización criminal.

Dicha condición no sólo debido a su vínculo consanguíneo directo con su líder, “el Chapo Guzmán”, sino porque presumiblemente es el encargado del manejo de los bienes de su padre, precisó el funcionario de la Semar.

Guzmán Salazar, hijo de María Alejandrina Salazar y de Joaquín Guzmán Loera, cuenta con una orden de aprehensión en Chicago, ya que desde 2009 la Corte del Distrito Norte de Illinois le imputa participar junto a su padre en una serie de delitos por tráfico de drogas.

El vicealmirante Vergara Ibarra detalló que, además, el detenido tiene una orden de extradición expedida por el gobierno de Estados Unidos.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de ese país identificó a Guzmán Salazar y a su madre como agentes clave en las operaciones del tráfico de drogas del cártel de Sinaloa, incluyéndolos en su lista de sancionados con empresas y personas vinculadas a diversos capos de drogas.

Señaló que fuentes de inteligencia señalan que el hijo de “el Chapo Guzmán” coordinaba el movimiento de la mayoría de las drogas enviadas a Estados Unidos por el cártel de Sinaloa, entre las que se encuentran cocaína y heroína.

Además se asegura que estaba tomando control creciente de las operaciones de esa organización delictiva.

Guzmán Salazar y su acompañante fueron puestos a disposición de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, donde se inició la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIARV/051/2012.

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto