Conecta con nosotros

México

Presidencia hará cambios en su organización interna

El Diario Oficial de la Federación publicó ayer el decreto que modifica la organización interna de la Oficina de la Presidencia de la República.

Así, mediante un decreto firmado por el Mandatario, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Oficina de la Presidencia de la República.

Entre los cambios más llamativos está que se compactan la Coordinación de Comunicación Social y el Vocero del Gobierno de la República.

Los cambios buscan agrupar, compactar y mejorar la eficiencia en el trabajo de diversas unidades de apoyo técnico y de la estructura interna de la Oficina de la Presidencia, se informó en un comunicado.

Desaparecen la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental y la Coordinación de Vinculación. Las funciones de ambas se reasignaron a otras unidades administrativas.

En su lugar quedan constituidas la Coordinación General de la Oficina de la Presidencia y la Coordinación de Marca País y Medios Internacionales.

Además, indica el boletín, el presidente Enrique Peña Nieto nombró a Andrés Massieu Fernández como coordinador general de la Oficina de la Presidencia, y a Paulo Carreño King como coordinador de Marca País y Medios Internacionales.

Massieu Fernández estaba al frente de la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental, cuya desaparición se anunció ayer.

Carreño King fue director de comunicación social de Banamex y directivo de la empresa Blue Marine. La Jornada

SE VAN

Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental

Coordinación de Vinculación

LLEGAN

Coordinación General de la Oficina de la Presidencia

Coordinación de Marca País y Medios Internacionales

Fuente: Vanguardia

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto