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México

Anuncia Javier Corral el inicio de su campaña por la Presidencia Nacional del Partido Acción Nacional

El Senador Javier Corral anunció el inicio de su campaña por la Presidencia Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) el día de mañana en la ciudad de Puebla, y señaló que su propuesta estará dirigida a establecer “la rebelión de las bases contra lo que parece ser una cargada”, y aseguró que iría a la competencia sin ingenuidad pero con la convicción de mover la conciencia de los militantes del partido.

El Senador Javier Corral anunció el inicio de su campaña por la Presidencia Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) el día de mañana en la ciudad de Puebla, y señaló que su propuesta estará dirigida a establecer “la rebelión de las bases contra lo que parece ser una cargada”, y aseguró que iría a la competencia sin ingenuidad pero con la convicción de mover la conciencia de los militantes del partido.

 

“Vamos a llamar a los hombres y mujeres de Acción Nacional a que ejerzan con libertad y dignidad sus derechos políticos, que se rebelen contra la cargada […] la línea, contra los cacicazgos, el acuerdo cupular, que superemos entre todos esta dinámica que tanto daño ha hecho al partido”.

 

En conferencia de prensa, el chihuahuense aseguró que pedirá la firma de los militantes de manera libre, “no vamos a pagar a nadie para que recolecte firmas”, y llamó a los miembros del partido a instalar “Módulos Rebeldes” en las principales plazas del país con el objetivo de recolectar las 47 mil 701 firmas, equivalente a 10% del padrón, que la Comisión Organizadora Nacional de la Elección del CEN del PAN (CONECEN) estableció como uno de los requisitos para participar en la contienda.

 

Corral lamentó la urgencia para realizar el proceso para elegir al nuevo presidente del PAN, pues dijo, la premura  limita los espacios de deliberación y mencionó que las peticiones realizadas  a la CONECEN no fueron atendidas, como el periodo de 15 días para la recolección de firmas, 60 días para realizar proselitismo, así como dos debates.

 

 

La conferencia de prensa también fue aprovechada para presentar algunos miembros de su equipo de trabajo como Gabriela Ruíz del Rincón, coordinadora general de la campaña; Luis Silva García, coordinación de medios; así como Everardo Rojas y Sergio Arellano, representante propietario y suplente, respectivamente, en la Comisión Electoral.

 

La elección del nuevo presidente nacional fue agendada para el 16 de agosto y la campaña de los aspirantes durará 30 días.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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