Conecta con nosotros

México

Liberan y recapturan a «El Menchito»

Este miércoles Rubén Oseguera González, alias «El Menchito», señalado por las autoridades como el segundo al mando del Cartel Jalisco Nueva Generación, fue liberado y recapturado por tercera ocasión.

Durante la mañana de este miércoles el Consejo de la Judicatura Federal informó que la Juez, Nadia Villanueva Vázquez, del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales con sede en Toluca, decretó el auto de libertad a Rubén Oseguera González, alias «El Menchito» por falta de pruebas.

Para tomar esa decisión la juez argumentó:

– Intromisión ilegal al domicilio del indiciado por parte de la Policía Federal para lograr su detención.

– No haber sido puesto a disposición del Agente del Ministerio Público de la Federación de forma inmediata, sino nueve horas después.

– No haber sido asistido inmediatamente por un defensor ante la Representación Social de la Federación, sino hasta que emitió su declaración ministerial.

– Y no haber acreditado la vinculación del inculpado con la organización delictiva «Cartel de Jalisco Nueva Generación»; por lo que hubo una insuficiencia y deficiencia probatoria.

La PGR apeló el auto de libertad de Rubén Oseguera González, alias «El Menchito» y en cumplimento a una orden de localización y presentación solicitada por el Ministerio Público de la Federación, por el delito de desaparición de dos personas ocurrido en Michoacán, el hijo del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación fue trasladado a la SEIDO.

Autoridades federales informaron que la PGR se inconformó con el fallo de la juez por los siguientes criterios:

1) Dio más valor probatorio a los dichos de policías de Zapopan, Jalisco, que no estuvieron al momento de la captura, que a las pruebas aportadas por la Policía Federal.

2) Al llegar a la SEIDO, Rubén Oseguera González, quien es ciudadano estadounidense, estuvo asistido por el Cónsul de los Estados Unidos y por su abogado, quien le entregó en propia mano el amparo que habían tramitado.

3) La Juez no consideró los elementos probatorios que lo vinculan con el Cartel Jalisco Nueva Generación y del cual hay suficientes pruebas de su participación en diferentes ilícitos.

4) Desestimó el acopio y la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, así como la posesión de cartuchos de las armas entregadas junto con los detenidos.

5) Refiere que luego de su detención, la autoridad tardo 9 horas para ponerlo a disposición del Ministerio Público de la Federación. La Jueza desechó los argumentos de que con base a la alta peligrosidad del grupo criminal que dirige con su padre en Jalisco, era más seguro llevarlo a la sede de la SEIDO.

Rubén Oseguera González, alias «El Menchito» fue detenido, por segunda ocasión, el pasado 23 de junio en Zapopan, Jalisco y trasladado al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México.

La primera vez que fue detenido Rubén Oseguera González, alias «El Menchito» fue en enero de 2014 y en aquella ocasión fue liberado por falta de pruebas.

Fuente: Noticieros Televisa

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto