Conecta con nosotros

México

Migrantes son agredidos en México, pese a Programa Frontera Sur: Diputada

En México los migrantes continúan siendo objeto de agresiones, pese a la entrada en vigor del Programa Frontera Sur, presentado por el Ejecutivo en julio del 2014; las acciones contra ellos se han endurecido al igual que para sus defensores, señaló la diputada Yesenia Nolasco Ramírez (PRD).

La legisladora por el Distrito Federal dijo que dicho programa de gobierno anunciaba la protección al migrante, así como el reordenamiento de fronteras; sin embargo, siguen registrándose acontecimientos que trastocan sus derechos humanos.

Ante ello, la diputada Nolasco Ramírez impulsa un punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Gobernación (SEGOB), para que a través del Instituto Nacional de Migración (INM), haga públicos los alcances y resultados del denominado Programa Frontera Sur, a casi un año de operación.

Asimismo, insta a las mismas autoridades para que por conducto del INM y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), se garantice y supervise, de manera precisa, la protección de los derechos a la igualdad y a la no discriminación de las personas migrantes que habitan o transitan por los estados y el Distrito Federal.

Nolasco Ramírez indicó que en los últimos seis meses, se reportan más de 92 mil indocumentados detenidos en los pasos de la frontera de nuestro país, lo que representa una cifra superior a la que posee Estados Unidos.

Estimó que de acuerdo con información del gobierno federal, anualmente ingresan de manera irregular por la frontera sur de México, alrededor de 171 mil migrantes, principalmente por Chiapas.

El documento señala que, según declaraciones del director de la oficina de Amnistía Internacional (AI) en México, Perseo Quiroz, calificó el programa como parte de una política migratoria que carece de perspectiva de derechos humanos.

En tanto, la Oficina de Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), reportó que entre octubre del 2014 y abril del 2015, detuvo a 70 mil 448 migrantes no mexicanos, por lo que la Organización de las Naciones Unidas y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pidieron al gobierno de México aumente medidas para proteger a los migrantes, principalmente a las niñas y niños.

Nolasco Ramírez informó que en su preocupación por la problemática, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urgió al Estado mexicano a aplicar los estándares internacionales en materia de uso de la fuerza en los operativos de control migratorio; investigar de oficio los hechos; sancionar a los agentes responsables de violaciones de derechos humanos, y reparar a las víctimas de estas violaciones.

Fuente: XEU

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto