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México

Pemex pide a Congreso endurecer penas por robo de combustible

Autoridades de Petróleos Mexicanos (Pemex) solicitaron al Congreso de la Unión una nueva legislación para endurecer las penas que castigan actualmente la “ordeña” de ductos y la extracción ilegal de combustibles.

En sesión de trabajo con integrantes de la Tercera Comisión de la Permanente, los directores corporativo de Finanzas de Pemex, Mario Alberto Beauregard Álvarez; operativo, Gustavo Hernández García, y Jurídico, Marco Antonio de la Peña Sánchez, presentaron el Informe Anual 2014 y del primer trimestre de 2015 de la empresa.

El director Jurídico, Marco Antonio de la Peña, precisó a diputados y senadores que no habrá despidos masivos, a pesar de la situación económica en la que se encuentra la compañía petrolera.

“No hay despidos masivos, por el contrario, nuestro director general lo que ha dicho en todos los foros es que lo más importante para Pemex es el talento y la experiencia de sus petroleros”.

Sobre la ordeña de ductos, indicó que en los últimos cuatro años se detectaron siete mil 270 tomas clandestinas, que derivaron en la presentación de cinco mil 90 denuncia; dos mil 600 de ellas en los tres primeros meses de este año.

Dio a conocer que la Procuraduría General de la República (PGR) implementó entre 2014 y lo que va de 2015, aproximadamente 51 operativos, que derivaron en la detención de 30 presuntos delincuentes.

También la recuperación de 1.1 millones de litros de combustibles, equivalentes a 84.5 millones de pesos y el aseguramiento de 35 inmuebles y 165 autotanques.

Subrayó que si el Poder Legislativo trabaja y aprueba una segunda generación de reformas, se tendrá un marco jurídico idóneo para atacar esa modalidad de crimen organizado.

“Hay pendientes de fijar, algunos puntos como son, por ejemplo, la creación de nuevos tipos penales para el transporte, almacenamiento, distribución y comercialización ilícita de combustibles, en virtud de que el crimen organizado ahora ha utilizado las estaciones de servicio como mecanismos para distribuir combustible robado”, precisó.

El incremento de penas y de sanciones económicas, en relación con el ilícito y el volumen robado; la previsión como un delito grave y de delincuencia organizada, así como la sanción a sujetos activos que comercialicen hidrocarburos sin marcadores y especificaciones.

El director Jurídico de Pemex enumeró que otro cambio sustancial que requiere la legislación actual es castigar también a las personas morales que participan en la ordeña de ductos y el robo de combustibles.

“La sanción a personas morales involucradas en el mercado ilícito de combustibles, de tal manera que se les pueda suspender o inclusive cancelar sus contratos, sus permisos, sus franquicias, o inclusive como algo novedoso en el derecho penal mexicano, que ya se prevé en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el poder disolver la sociedad correspondiente”.

Asimismo, abundó, la sanción al titular de una asignación o un contrato, que no informe o altere la información del producto producido.

Recordó que de 2006 a la fecha se han presentado 16 mil 938 denuncias, que permitieron procesar penalmente a mil 982 presuntos delincuentes, de los cuales 614 fueron condenados y 500 absueltos.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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