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México

Faltan 3 estados, pero la SEP ya presume éxito en la evaluación

 La Secretaría de Educación Pública (SEP) presumió el cumplimiento del calendario de evaluaciones del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) para el ingreso a la Educación Básica en 29 entidades federativas.

Sin embargo, en Oaxaca, Chiapas y Michoacán aún no se han realizado los exámenes y la dependencia dijo que los aspirantes serán informados individualmente.

Detalló también que “del 11 al 19 de julio del año en curso se llevó a cabo el proceso de evaluación para ingreso a la Educación Básica en 29 entidades federativas”, detalló.

Esta vez participaron, de los 138 mil 593 aspirantes programados para este proceso, 112 mil 671 sustentantes, lo que representa una participación del 81.3 por ciento del toral de aspirantes.

Además, la SEP dijo que “en la jornada se ratificó el interés y el compromiso de los egresados (…), de participar en el proceso de evaluación para el ingreso al servicio público educativo, ciclo escolar 2015-2016, previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente”. La Secretaría de Educación Pública añadió que con la aplicación de los instrumentos de evaluación para el ingreso a funciones docentes y técnico docentes, y promoción a cargos con funciones de dirección, supervisión y de asesoría técnica pedagógica, “queda de manifiesto que la Reforma Educativa avanza a pasos firmes”.

LA REFORMA NO PASARÁ

En la Asamblea Nacional Representativa de la CNTE se advirtió que la Reforma Educativa “no pasará” y para esta semana y prometieron reforzar las protestas y extender el boicot a los exámenes en Colima, Guanajuato y Yucatán.

“Nos mantenemos en alerta máxima ante los planes privatizadores implementadas por el Estado con las que vulnera los derechos básicos e históricos de educación, empleo, salario, salud y jubilación”, se lee en los acuerdos de la CNTE.

El Economista

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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