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México

Cae en Monclova jefe de plaza de Zetas

El jefe de plaza de los Zetas en Nuevo Laredo, Tamaulipas, Ignacio Torres Avedeño, fue capturado en Monclova, Coahuila, durante un operativo en el que no se requirió disparar un sólo disparo.
La Comisión Estatal de Seguridad coahuilense informó que el presunto criminal fue capturado junto con su escolta, identificado como Mariano Nájera Sifuentes.
Los hechos ocurrieron la tarde del pasado viernes sobre el Bulevar Harold R. Pape, en su cruce con la calle Nogal, en Monclova, cuando los presuntos delincuentes viajaban en un vehículo y fueron detenidos por los elementos del Grupo de Armas y Tácticas Especiales así como de la Policía Estatal Acreditable.
Al momento de la detención, ambos portaban armas de fuego entre ellas una Colt All American, calibre 9 mm, modelo 2000 con un cargador abastecido con 10 cartuchos; así como un arma larga, marca Bush master calibre 5.56 mm con un cargador abastecido con 30 cartuchos útiles.
Al hacer una revisión de la unidad, los elementos policiacos localizaron además dos bolsas de plástico con 2.75 kilogramos de hierba verde seca, con las características de la mariguana y con 50 bolsitas con cocaína y 10 mil pesos en efectivo.
También llevaban un lanzagranadas y un arma corta de la marca Cobray, calibre 9 mm, abastecido con 20 cartuchos útiles.
A Torres Avedeño se le aseguró también una licencia de conducir falsa, a nombre de Juan Carlos Torres García, con domicilio en la Colonia Buenos Aires, de la ciudad de Monclova.
Ambos señalaron pertenecer a un grupo de la delincuencia organizada y dedicarse a la distribución de droga, así como a privar de su libertad a personas identificadas con otros grupos delincuenciales.
Los detenidos fueron puestos a disposición del Ministerio Público del fuero Federal y el caso fue atraído por la SEIDO.
Fuente: elexpress.com

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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