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En 2012 el desempleo en México seguirá en niveles superiores a 5%: OCDE

MÉXICO, D.F. (apro).- A menos de seis meses de que concluya el gobierno de Felipe Calderón, el desempleo en México continuará durante este año en niveles superiores al 5%, reveló la Organización para la Cooperación y del Desarrollo Económico (OCDE).
En otras palabras, el número de personas sin trabajo en México rondará en unos 2.5 millones, ya que el desempleo se reducirá hasta los primeros meses del 2013; mientras que la informalidad se encuentra en condiciones “preocupantes”, según la organización encabezada por José Ángel Gurría.
Al dar a conocer el reporte Panorama de Empleo 2012, el organismo internacional señaló que “México ha experimentado una recuperación económica más robusta que la mayoría de los países de la OCDE, en conjunción con un fuerte crecimiento del empleo, sin embargo, la tasa de desempleo aún no desciende hasta su nivel pre-crisis”. Antes del 2009 la tasa de desocupación era menor al 5%.
El pasado lunes, Calderón presumió que durante su administración se crearon 2 millones de plazas formales. No obstante, los especialistas y el sector empresarial aseguran que México debe crear, por lo menos, un millón de puestos laborales al año para satisfacer la demanda de empleo.
No sólo eso, hoy la OCDE afirmó en su documento que la ausencia de un sistema público de prestaciones por desempleo en el país, explica en parte, la relativamente baja tasa de desempleo mexicana comparada con la otros países integrantes.
Según el informe, los países con las tasas de desempleo más altas en mayo de 2012 fueron: España, 24.6%; Portugal, 15.2%; Irlanda, 14.6%; República Eslovaca, 13.6%; Hungría, 10.9%; y Francia e Italia, 10.1% cada uno.
En contraste, las menores tasas de desempleo en el quinto mes del año fueron Corea con 3.2 por ciento; Austria, 4.1%; Japón, 4.4%; Australia, México y Holanda, 5.1% cada uno; y Luxemburgo, 5.4%.
Por otra parte, el organismo alertó a México por el crecimiento del número de personas que laboran en la informalidad.
De hecho, explicó que para compensar la merma en los ingresos, resultante de la pérdida de empleo en el sector formal, “es habitual observar la transición de trabajadores hacia el sector informal”.
En México laboral unos 13 millones de personas en condiciones precarias, sin seguridad social, ni salarios fijos, que si se suman a los 2.5 millones de desempleados y los 4 millones de subocupados –personas que declararon tener la necesidad y disponibilidad de laborar horas extras–; en el país hay unos 19 millones de mexicanos trabajando en condiciones negativas. Contra los 15.7 millones de personas que laboran en la formalidad.
La OCDE reportó que la tasa de desempleo juvenil duplicó a la tasa de desempleo total en el cuarto trimestre de 2011, alcanzando 10%.
“Si bien el desempleo juvenil es mucho más bajo que en el área de la OCDE en su conjunto, el porcentaje de jóvenes que no están empleados y que no están estudiando o en programas de capacitación es considerablemente superior en México, lo que refleja el creciente desafío que enfrenta el país para mejorar los logros educacionales”, enfatizó.
Para el organismo dirigido por Gurría es necesaria una reforma integral del mercado de trabajo que debe incluir medidas que promuevan el acceso a más empleos y mejores condiciones laborales para los grupos sub-representados.
Además, se pronunció por aumentar los incentivos a las empresas para la formalización de las relaciones laborales, incluyendo la creación tanto de mayores incentivos para que empresas registren sus actividades como para afiliar a sus trabajadores a la seguridad social.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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