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México

Anuncia Conaculta estímulos para artistas

El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes da a conocer a la comunidad artística del país nuevos estímulos para el beneficio de la cultura, así como las convocatorias para acceder a sus beneficios previstos en el artículo cuadragésimo segundo transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012.

Los objetivos de estas iniciativas figuran como componentes centrales del Proyecto Cultural del Siglo XXI Mexicano que el Conaculta ha puesto en marcha. Estas disposiciones se suman a otras creadas con el mismo propósito de fomentar la producción cultural, como son Eficine y Efiteatro, que permiten aportaciones privadas a través de estímulos fiscales.

Entre otros ejemplos está el PROTRAD, que convoca a editoriales de otros países a concursar por la obtención de apoyo para traducir y publicar obras de autores mexicanos. Por su parte, el Fomento a Proyectos y Coinversiones Culturales opera en dos modalidades -fomento y coinversión- a iniciativas presentadas por creadores, intérpretes, promotores y educadores para la realización de proyectos integrales en varias disciplinas del arte. Mientras que el Intercambio de Residencias Artísticas permite que los creadores culturales realicen estancias cortas en otras naciones para enriquecer su experiencia y desarrollo profesional.

Estas nuevas convocatorias son resultado del acercamiento de las comunidades artísticas de danza, música, literatura y artes plásticas, el Conaculta, el Imcine y el INBA a la Cámara de Diputados para solicitar que el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta se ampliara a dichas disciplinas.

En respuesta a estos planteamientos la Comisión de Cultura logró etiquetar la cantidad de 280 millones de pesos en el presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 para beneficiar a proyectos de inversión en la producción de pintura, danza, obras literarias, música y distribución de películas nacionales. Podrán ser apoyados un máximo de 25 proyectos por disciplina, con un tope de dos millones de pesos cada uno de ellos.  

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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