Por incurrir en diversas irregularidades, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aplicó la primera sanción a una “clínica” de maternidad subrogada en Tabasco, a la que le colocó sellos de “suspensión”.
La clínica pertenece a una sucursal de la empresa “Centro Especializado en Infertilidad y Atención a la Mujer (Cefam)”, cuya matriz se ubica en la Ciudad de México, fue clausurada el pasado viernes 8 de este mes.
Personal de Cofepris colocó el sello de suspensión, en la sucursal ubicada en Avenida México, esquina calle Tabasco, Fraccionamiento Guadalupe, que más bien se trata de una casa habitación de dos niveles y cuyos vecinos ignoraban la actividad que allí realizaban.
La mayoría del personal que labora en ese lugar son mujeres, y el pasado mes de diciembre, los vecinos observaron movimiento inusual de gente que entraba y salía con equipajes, algunas que descendían de taxis del aeropuerto.
Este negocio que se dedica a la lucrativa renta de úteros, ofrecía servicios médicos de reproducción asistida sin licencia sanitaria especial para estos tratamientos, ni autorización de publicidad, sin título profesional del médico a la vista y sin presentar reportes de infecciones ni Manual de Procedimientos para el manejo de residuos peligrosos biológicos.
La Cofepris de nivel central que dirige en el país, Mikel Arriola, intervino con el propósito de prevenir riesgos a la salud pública y cerró ese negocio que será multado por violaciones a la Ley General de Salud.
Las investigaciones sobre las condiciones en que prestaba el servicio médico aún no concluyen, y se extenderá a nivel nacional.
La Comisión levantó el acta número 16-AF-3327-00061-HV por la suspensión de trabajos y servicios del establecimiento como medida de seguridad sanitaria, con fundamento en diversos Artículos de la Ley General de Salud, por violación a las condiciones sanitarias.
Tabasco se convirtió en un santuario de clínicas de maternidad subrogada, varias de ellas sin respetar las medidas sanitarias y sin la supervisión de las autoridades del sector salud.
Algunas madres gestantes han denunciado el incumplimiento de los contratos y pago de recursos ofrecidos por parte de estas empresas dedicadas a la renta de vientres; incluso algunos bebés han fallecidos ante falta de cuidados adecuados, o si nacen enfermos se niegan a recibirlos.
La Secretaría de Salud del estado no pudo detallar la cifra de involucrados en casos de maternidad subrogada que han cumplido con las nuevas disposiciones del Código Civil del estado, reformado en diciembre pasado por el Congreso local.
El Código Civil vigente establece que médicos, clínicas, notarios y personas contratantes y futuras madres gestantes que intervienen en maternidad subrogada deben estar autorizadas por la Secretaría de Salud del estado, pues de lo contrario serán sancionados.
Al Código se le adicionó el Capítulo VI Bis denominado “De la gestación
asistida y subrogada”; integrado por los artículos: 380 Bis; 380 Bis 1; 380 Bis 2; 380 Bis 3; 380 Bis 4; 380 Bis 5; 380 Bis 6 y 380 Bis 7, al Título Octavo «De la filiación», perteneciente al Libro Primero.
Con esa reforma se inició la regulación de las prácticas clínicas de gestación asistida y subrogada, con la intervención y vigilancia de la Secretaría de Salud del Estado, la cual acreditará a las instituciones clínicas que brindarán el servicio de reproducción humana asistida.
Del mismo modo se enuncian los requisitos que deberá contener el contrato de gestación; así también las circunstancias queproducen la nulidad de los contratos celebrados. Se incluye la intervención del juez para aprobar los contratos, acuerdos y convenios, así como para la adopción plena de los recién nacidos por este tipo de gestación.
Diario presente