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México

Se forma Helene, nueva tormenta tropical en el Golfo de México

MIAMI, 17 de agosto.- Una nueva tormenta tropical, la octava de la temporada en el Atlántico y bautizada como «Helene», nació hoy en el Golfo de México muy próxima a las costas mexicanas.

Así lo anunció hoy el Centro Nacional de Huracanes (CNH) de Estados Unidos, que detalló que la tormenta registra vientos máximos sostenidos de 75 kilómetros por hora, con rachas más fuertes, y se encuentra en una latitud de 20,6 grados norte y una longitud de 96,1 grados oeste.

Eso quiere decir que «Helene», de los remanentes de una depresión tropical que se había suavizado, está situada a tan sólo 140 kilómetros a este-sureste de Tuxpan y a 260 kilómetros a sureste de Tampico, ambos en México.

Este frente avanza hacia el noroeste (310 grados) a 11 kilómetros por hora, lo que ha llevado al Gobierno de México a emitir una alerta ante el posible paso de la tormenta en las próximas 24 horas por la zona costera comprendida entre Barra de Nautla y La Cruz.

Los meteorólogos del CNH prevén que «Helene» siga avanzando con el mismo rumbo y la misma velocidad que tiene ahora durante un día o dos.

Así, el centro de la tormenta podría tocar tierra en la zona en alerta este el sábado, aunque los primeros efectos se podrían notar durante esta noche. A partir de mañana, y una vez que toque tierra es previsible que tienda a debilitarse.

A su paso, se espera que deje hasta 25 centímetros de lluvia, aunque en algunas zonas del noreste de México -por el norte de Veracruz, el sur de Tamaulipas y el este de San Luis- se podrían registrar incluso 38 centímetros, según el CNH, que recuerda que esta acumulación puede provocar peligrosas inundaciones y deslizamientos de tierras.

Además, es previsible que se eleve el nivel del mar entre 30 y 60 centímetros en el centro y norte de la zona donde «Helene» toque tierra.

La llegada de este frente a México tiene lugar después de que otra tormenta, «Ernesto», que llegó a ser huracán de categoría 1 en la escala de 5 niveles de Saffir-Simpson hasta que el fin de semana pasado se debilitó, dejó 12 muertos a su paso por este país.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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