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México

Organización de padres de familia va contra libros “perversos” de la SEP

La organización de padres de familia Red Familia, criticó los contenidos educativos que actualmente reparte la Secretaría de Educación pública a nivel preescolar en las escuelas del país.

De acuerdo con Rubén Rebolledo, vocero de la organización, “Una cosa es educar en el respeto y la no discriminación hacia las minorías, y otra muy distinta es fomentar el homosexualismo, el lesbianismo y el transexualismo en los salones de clase”.

En entrevista con Proceso, Rebolledo explicó que en los llamados “rincones de lectura” que tiene la SEP abundan los demás sobre matrimonios igualitarios, homosexualidad y transexualidad y que estos no se imparte con moderación sin de forma insistente.

“Resulta perverso que a niños de cuatro o cinco años la SEP les esté metiendo estas ideas en la cabeza. A esa edad sus mentes son muy moldeables. Esto también provoca desequilibrios emocionales y, claro, un incremento en los embarazos entre niñas adolescentes, porque continuamente les estás hablando de sexo y más sexo, a pesar de que se les recomienda usar condón.”

El vocero de los padres afirmó que estos temas crean una confusión en los niños sobre su sexualidad y el rol que desempeñan en la sociedad.

“Obviamente que a los niños les provoca confusión sobre su identidad sexual, pues para este tipo de educación ya no importa si biológicamente naciste hombre o mujer, ya que esa condición la vas a decidir tú mismo a través de una operación quirúrgica o de un rol social”, dijo el vocero.

De acuerdo con Red Familia, el cuerpo humano está determinado por la biología; se nace hombre o mujer, la organización dijo que el sexo no es una construcción social como dice la SEP, sino que es parte de la naturaleza humana.

Red Familia tiene en todo el país, a más de mil organizaciones de padres de familia que le solicitaron al secretario de educación, Aurelio Nuño, mantener la concepción de que una familia es la formada solamente entre un hombre y una mujer.

 

 

 

 

Publimetro

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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