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México

Uber suspende operaciones en Durango por amenazas

La empresa de transporte privado Uber anunció la suspensión de su llegada al estado de Durango luego de la férrea resistencia de los sindicatos y de las amenazas que recibió por parte del gobierno local al criminalizar el servicio y señalar que serían detenidos todos aquellos socios de esta modalidad de transporte.

Luis De Uriarte, vocero de Uber, atribuyó la suspensión a la amenaza del director de Transportes del gobierno del estado, Juan Francisco Soto Ledezma, ya que muchas veces los criminalizó y advirtió que quien prestara el servicio de Uber incurriría en un delito y sería castigado con cárcel.

En ese tenor, Durango no tiene condiciones para dar esta oportunidad de autoempleo a sus ciudadanos, ni a mejorar el transporte. Es lamentable que Durango se cierre de esta manera, a pesar de que es el séptimo estado con mayor desempleo en el país.

La decisión de la empresa para suspender su llegada es tanto en la capital del estado, como a la ciudad de Gómez Palacio, cuya proyección en generación de empleos era de 5 mil y 8 mil, respectivamente; es decir que se perdieron 13 mil empleos para los duranguenses.

La entrada de Uber a la zona norte se tenía prevista en las entidades de Durango y Coahuila; únicamente se suspendió en Durango y Gómez Palacio, de tal suerte que en Torreón y Saltillo, Coahuila, comenzará a operar a partir del próximo 2 de agosto.

Posterior a que se conoció la noticia, empresarios locales, calificaron de caciques y dinosaurios a los sindicatos del transporte y criticaron la poca disponibilidad de gobierno del Estado, ya que está frenando una oportunidad de empleo y desarrollo económico.

Por su parte el secretario general de gobierno, Miguel Ángel Olvera Escalera y Juan Soto Ledezma, director de Transportes, ofrecieron una conferencia donde señalaron que el marco jurídico local no permite la prestación de un servicio como Uber. El Artículo 360 del Código Penal refiere: «A quien posea, conduzca o preste el servicio público de transporte a pasajeros, carga o mixto, sin concesión, permiso o autorización del gobierno del estado se le aplicará una sanción de 2 a 7 años de prisión, así como una multa de 880 a 2 mil 230 días de salario mínimo».

Además, aseguraron que no hubo ningún acercamiento formal por parte de los directivos de la empresa en mención, ya que por escrito no tiene ninguna solicitud para operar en la entidad; descartaron haber sido sometidos por los líderes sindicales que tienen asentada una mafia.
Jorge Balderrama, directivo de políticas de Uber, tuvo comunicación vía telefónica con el secretario de gobierno, llamada en la que le hizo énfasis en la no existencia de una solicitud escrita para iniciar operaciones y también se dejó abierta la posibilidad de una nueva cita para negociar en un futuro próximo.

Uber le planteó que preferían no exponer a los socios de la empresa a ser perseguidos y encarcelados por la Dirección de Transportes de Durango.

El Financiero

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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