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Opinión

REFLEXIÓN SOBRE UNA CARTA DE CARLOS BORRUEL Por Luis Villegas

Es un hecho, estoy asustado. A partir de las múltiples ocupaciones a mi cargo, dejé el gimnasio; pero ya volví. Huelga decir que el susto derivó de lo innegable: Estaba ganando peso en forma acelerada (o séase engordando como cochino) Pues bien, desde la semana pasada empecé a ir y sí, mis temores eran fundados; una semana y ya tengo marcado el abdomen… marcado con la pretina de los calzones y de la pantalonera, que antes me quedaba guangüita y ahora parece leotardo. Pero no es ese mi peor susto. El colmo del espanto me llegó vía Internet. A mediados de la semana, con vahídos, la vista nublada, la corvas frágiles, el corazón en la boca, la boca seca, la lengua de fuera y la ropa empapada  de sudor, abrí mi correo mientras me metía a bañar y ahí estaba: Un correo electrónico cuyo remitente era, al parecer, Carlos Borruel. Cerré la llave de la regadera; me senté; miré fijo la pantalla y me puse a meditar: “¿Lo abro o no lo abro?”. Piense usted, gentil lector, querida lectora, que estaba yo al borde del desmayo, en los lindes del colapso, así que no era cosa de leer, no más así, la susodicha misiva. Como ya me conozco, lo leí; “al mal paso darle prisa”, “a lo que te truje Chencha”, total: “Si me han de matar mañana que me maten de una vez”. El título de la horrenda misiva era: “EL SALDO ROJO DEL PARTIDO AZUL”; entre otras barbaridades, la carta contiene los siguientes párrafos -transcribo-: 

  1. Mucho tiene por delante, no solo para reflexionar, sino para actuar, quienes integran e integramos el Partido Acción Nacional”;

 

  1. La seguidilla de derrotas que enfrentó el PAN en 2011 al no obtener ningún triunfo en las elecciones de Nayarit, Coahuila, Guerrero y finalmente Michoacán, […] fueron el anticipo de lo que iba a suceder en el 2012”;

 

  1. En lo que respecta a nuestro Estado, la votación del PAN para Senador fue del 27 por ciento y para Presidente 25 por ciento. A pesar de que hubo una participación del 53 por ciento, la votación se estacionó en los mismos niveles de la que tuvo Francisco Barrio en 1992, hace ya 20 años”;

 

  1. Este desastroso resultado electoral del pasado 1º. de Julio, obliga a quienes militamos en el partido blanquiazul a hacer un ejercicio de sinceridad, sobre lo que sucedió, pero también de un cambio de actitud. […] una invitación a despojarse de egoísmos,  ambiciones y protagonismos personales; a reconocer y no a destruir en una lucha feroz interna a los liderazgos que hay dentro del PAN”, y (el más infame de todos)

 

  1. Hoy, en la actualidad, se ha vuelto recurrente que cuando un panista pierde una convención y con ello la posibilidad de obtener un cargo de elección popular, inmediatamente acude  a los medios, denuncia fraudes, corruptelas y al final, sino consigue su objetivo de competir, termina tomándose fotos con los candidatos del PRI o militando en otros partidos”.

 

     ¿Actuar? Hay un solo curso de acción, don Carlos: El de la dignidad, el honor y la vergüenza. Los panistas responsables de esas derrotas, por corruptos, por incompetentes, por mediocres, por inútiles o por cómplices, deben salir del Partido. No hay otro camino ni ninguna otra vía para los panistas de esta hora, salvo predicar con el ejemplo.

     Que no lo van a ser y que los líderes “morales” de ese partido no tienen la menor intención de renunciar a sus prebendas y privilegios, resulta evidente a partir de esos mismos párrafos: “¿Seguidilla de derrotas que enfrentó el PAN en 2011? ¿Y la del 2010 en la que el propio Carlos fue Candidato que fue: Aplastante victoria o qué? ¿Por qué hace énfasis entre dos elecciones que no se pueden comparar: La de un candidato a Senador con la de un candidato a Gobernador? ¿Por qué no, si de veras se trata de una análisis serio y de buena fe, reconoce (hecho insólito) que los candidatos al Senado obtuvieron más votos que la Candidata a la Presidencia? ¿Desastroso resultado el del 1º. de julio? ¿Y el del 4 de julio de 2010, cuando él fue candidato, que fue, una ida al cine? ¿A que llama Carlos, “ejercicio de sinceridad” y “cambio de actitud”? Que las defina. Que diga, con nombres y apellidos, quienes han estado y están a la altura y quienes no; porque esa invitación a “despojarse de egoísmos,  ambiciones y protagonismos personales” va a quedar en nada si no empieza, él antes que nadie, por poner el ejemplo. Que se vaya del partido y que purgue sus culpas; luego podrá regresar con la cara lavada y la frente en alto (como “Pimpón”, el muñequito de cartón). De otro modo, su llamado a no “destruir en una lucha feroz interna a los liderazgos que hay dentro del PAN”; queda como lo que obviamente es: Un indicador de su miedo a que lo echen por gandalla; un intento, otro, para que él y los que son como él, queden protegidos, a salvo de pagar sus culpas. La hipocresía, el doblez moral, quedan de manifiesto en ese párrafo que acusa de acudir a los medios o denunciar fraudes; el 19 de febrero, todavía no se cerraba la votación y el estaba haciendo eso mismo: Acudiendo a los medios -y con razón además- a denunciar un fraude interno de proporciones inauditas. ¡Qué poca memoria!

     El Partido Acción Nacional sigue perfeccionando las trapacerías que en otros tiempos denunció. Ahora, en su proceso interno de selección de candidatos a senadores campearon las más añejas prácticas priistas, ya usuales en el panismo: uso de dinero público para comprar votos, acarreos, amenazas e inducción del sufragio”. Ese párrafo no lo escribí yo; lo publicó la revista Proceso, bajo el título: “La sucia lista del PAN”. Léalo.1

     Adjunto a la presente, copia electrónica de la sentencia emitida el 21 de abril de 2012, relativa a los juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano SG-JDC-2170/2012 y SG-JDC-2171/2012 promovidos, respectivamente, por Carlos Borruel y Cruz Pérez, a fin de impugnar la resolución de 20 de marzo de la 1ª Sala de la Comisión de Elecciones del PAN, mediante la cual se declaró la nulidad de la elección interna para elegir candidato Senador en Chihuahua; si le da flojera leerla, sólo revise las páginas 1, 2, 94, 145, 148, 149, 150, 167, 177, 179, 180, 181, 182, 190, 191, 196, 261, 262, 263, 264, 265, 268, 271, 171, 273, 392 y 393. Ahí muy clarito se establecen la serie de anomalías, irregularidades y excesos plenamente demostrados en que incurrieron los “triunfadores” de dicho proceso interno. Nulidad que declararon dos autoridades distintas, una interna y otra externa, en dos momentos distintos, en sentencias distintas, por las mismas razones: Las cochinadas detectadas y probadas ocurridas el 19 de febrero. Y si bien en la sentencia emitida por la Sala Regional del TEPJF existe un voto particular del Magistrado José de Jesús Covarrubias, el mismo es porque él afirmaba que debía “reponerse” el procedimiento; el resolutivo segundo que él propone, textualmente reza: “Se confirma la nulidad de elección materia de este asunto, por las razones expuestas en el cuerpo de esta ejecutoria”.

Luis Villegas Montes.

luvimo6608@gmail.com, luvimo66_@hotmail.com

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Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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