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México

Condenan a conserje, directora de kínder y 4 personas más por pederastia

El juez séptimo de distrito de Procesos Penales Federales, con residencia en la Ciudad de México, dio sentencia condenatoria contra seis empleados de la Secretaría de Educación Pública (SEP), por su responsabilidad en las agresiones sexuales de la que fueron víctimas varios menores de edad.
Las penas de prisión quedaron de la siguiente manera:
Saúl “N” se desempeñaba como conserje, 467 años y tres meses, así como multa por un millón 233 mil 953 pesos, destitución e inhabilitación por 202 años. La pena impuesta fue con base a las reglas de acumulación por su responsabilidad en la comisión de los delitos de violación equiparada, pederastia y corrupción de menores.
María de la Luz “N”, directora del plantel, fue sentenciada a 88 años, siete meses y siete días, y multa por 260 mil 63 pesos, destitución e inhabilitación por 45 años. La pena impuesta fue en razón de la acumulación de sanciones por su responsabilidad en la comisión de los delitos de violación equiparada, pederastia y encubrimiento por favorecimiento.
José “N”, quien se desempeñaba como auxiliar de la dirección 81 años nueve meses de prisión, así como multa de 328 mil 958 pesos, destitución e inhabilitación por 45 años, debido a la acumulación de sanciones.
Martha Leticia “N”, era asistente de servicio y mantenimiento en plantel, 36 años nueve meses y multa de 129 mil 288 pesos, destitución e inhabilitación por 22 años, por su responsabilidad en la comisión de los delitos de violación equiparada agravada y pederastia.
En los casos de Sergio Osvaldo “N” y Daniel Aníbal “N”, ambos prestaban su servicio social en el plantel, fueron sentenciados a 68 años nueve meses, así como multa de 199 mil 673 pesos cada uno debido a la acumulación de sanciones por su responsabilidad en la comisión de los delitos de violación equiparada, pederastia y corrupción de menores.
De acuerdo con la indagatoria, los ahora sentenciados, se encontraban ejerciendo sus funciones dentro de un jardín de niños perteneciente a la SEP, ubicado en la delegación Iztapalapa de la Ciudad de México y, aprovechándose de la confianza y la relación con los menores, perpetraron actos sexuales en agravio de varios de ellos.
Derivado de la denuncia formulada por las madres de 25 niñas y niños, el Ministerio Público llevó a cabo la investigación y acreditó el cuerpo del delito, así como la responsabilidad de los servidores públicos, solicitando la orden de aprehensión, misma que fue librada por un juez de distrito de Procesos Penales Federales, con residencia en la Ciudad de México, y cumplimentada por agentes de la Policía Federal Ministerial.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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