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México

El Mercado del Trueque intercambió huevo por desechos

CIUDAD DE MÉXICO, 9 de septiembre.- Este domingo en el Mercado de Truque en Chapultepec se intercambiaron, además de otros productos del campo, huevo por papel, cartón, vidrio, aluminio, tetrapack y PET.

Como cada primer domingo de mes, excepto éste que se recorrió al segundo por la Maratón de la Ciudad de México, los capitalinos acudieron a un costado del Altar a la Patria, en Chapultepec, desde las 8:00 horas a cambiar residuos sólidos por agrícolas, procedentes de Milpa Alta, Tláhuac y Xochimilco.

Largas filas de personas de la tercera edad, adultos, jóvenes y niños llegaron al mercado con residuos sólidos separados y los intercambiaron por puntos verdes, que les permiten comprar lechuga, cilantro, plantas, frutas, brócoli y pepinos, entre otros productos.

En esta ocasión los asistentes al Mercado de Truque tuvieron la posibilidad de cambiar sus puntos por piezas de huevo, cajas traídas de la Central de Abastos para apoyar la economía familiar, toda vez que desde hace un par de semanas subió de precio y se sufre escasez.

Jimena Morales, quien entregó en las mesas de recepción dos kilos de latas de aluminio y por ello obtuvo 32 puntos verdes, 16 por cada kilo de PET, los intercambió, en la zona de puestos, por una bolsa con ocho huevos, que valían 15 puntos; por nopales y cilantro.

Los asistentes también cambiaron sus puntos verdes por acelgas, brócoli, cilantro, coliflor, cebollín, epazote, espinaca, guaje, hongo seta, lechugas, jitomate, perejil, rábano, verdolaga, nopal, quesos, moles, plantas de ornato y dulces típicos.

Los productos ofertados a cambio de residuos sólidos, que se llevan a empresas para reciclarlos, provinieron de los ejidos de San Luis, San Gregorio Atlapulco, San Pedro Atocpan, la zona lechera de Milpa Alta y Xochimilco.

En este programa participan “voluntarios verdes”, integrados por 80 jóvenes de la Subdirección de Centros de Educación Ambiental, el Instituto Tecnológico de Monterrey campus Santa Fe, la organización Presencia Ciudadana y gente de enlace de participación ciudadana a cargo de la Secretaría del Medio Ambiente.

Con este programa se pretende crear un equipo de voluntariado ambiental juvenil que permita ser un espacio de educación, empoderamiento y construcción de ciudadanía en temas sustentables, así como construir una nueva generación responsable con el medio ambiente.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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