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Reservas internacionales caen 84 mdd en la última semana: Banxico

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Al 31 de marzo de este año, el saldo de las reservas internacionales sumó 174 mil 931 millones de dólares, lo que significó una reducción semanal de 84 millones de dólares, informó el Banco de México (Banxico).

Dicha variación semanal, precisó, fue resultado de la compra de dólares del Gobierno Federal al Banco de México por 53 millones de dólares y una reducción de 31 millones de dólares, debido principalmente al cambio en la valuación de los activos internacionales del banco central.

En el boletín semanal sobre el estado de cuenta, el Banxico señaló que al 31 de marzo se reportó una disminución acumulada de mil 611 millones de dólares respecto al cierre de 2016, cuando se ubicaron en 176 mil 542 millones de dólares.

Por otra parte, destacó que al 31 de marzo de este año, la base monetaria (billetes y monedas y depósitos bancarios en cuenta corriente en el Banco de México) aumentó dos mil 604 millones de pesos, con lo que alcanzó un saldo de un billón 370 mil 072 millones de pesos, cifra que implicó una variación anual de 12.8 por ciento.

Explicó que la cifra alcanzada por la base monetaria significó una disminución de 50 mil 197 millones de pesos en el transcurso de 2017, y se estima que este comportamiento es congruente con el patrón estacional de la demanda.

El instituto central resaltó que en la semana que concluyó el 31 de marzo realizó operaciones de mercado abierto con instituciones bancarias para compensar una expansión neta de la liquidez por 116 mil 118 millones de peso.

Esta fue resultado, anotó, de una expansión debido al retiro de recursos de la cuenta de la Tesorería de la Federación y otras operaciones por 118 mil 722 millones de pesos, así como por una contracción por dos mil 604 millones de pesos, derivada de una mayor demanda por billetes y monedas por parte del público.

Noticias MVS

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SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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