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Chihuahua

Crea Congreso la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua

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En la Sesión Extraordinaria del Poder Legislativo realizada este día, fue creada por unanimidad de votos la Ley de Protección de Datos Personales del Estado, con lo que se da cumplimiento a lo señalado en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
La diputada Blanca Gámez Gutiérrez, dio lectura al Decreto por el cual se crea este ordenamiento para proteger los datos personales y la información de cada persona, dado a que estos deben estar escudados por quienes los obtienen, resguardan y llevan a cabo un tratamiento.
Al dar lectura al documento, señaló que en la actualidad la sociedad está inmersa en la información y conocimiento, por lo cual se requiere especial atención este tema.
Con la creación de este instrumento se puntualizan deberes y obligaciones que el responsable del tratamiento adquiere al recabar o resguardar los datos personales o realizar su transferencia y, lo que es más, para que el o la titular tenga la posibilidad de acceder, rectificar, cancelar u oponerse a dicho tratamiento.
Así mismo, señaló que con la entrada en vigor de este ordenamiento estatal, se abroga la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial del Estado, el 26 de junio del 2013.
Dentro de los artículos transitorios, se especifica que los procedimientos iniciados durante la vigencia de la Ley abrogada, se sustanciarán hasta su conclusión, conforme al ordenamiento señalado.
Además, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos harán las previsiones necesarias en sus respectivos Presupuestos de Egresos, para el cumplimiento de las obligaciones y ejercicio de los derechos previstos.
El Organismo Garante, en el ejercicio de sus atribuciones, realizará las acciones necesarias para capacitar a los responsables, sobre las disposiciones contenidas en la presente Ley, a efecto de establecer los procedimientos y llevar a cabo todas aquellas actividades tendientes a dar cabal cumplimiento a la misma. Además, deberá emitir los lineamientos referidos en la Ley, y publicarlos en el Periódico Oficial del Estado, a más tardar el 27 de enero de 2018.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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