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México

Plagian a reportero y logra escapar de sus captores

El joven Luis Alejandro Gómez Palma fue localizado con vida en el municipio de Las Choapas, a unos kilómetros de Coatzacoalcos, al sur de la entidad.

Luego de ser reportado como desaparecido tras haber sido sacado con lujo de violencia de su domicilio en la colonia Playa Sol, en este puerto, el reportero de sociales apareció en la carretera Las Choapas – Raudales.

Gómez Palma habría logrado escapar de sus captores, quienes trataron de llevárselo a bordo de un tráiler en el que presuntamente iban otras personas, entre ellas una jovencita.

La víctima de 19 años se perdió entre el monte y luego pidió auxilio. Minutos después, la Policía Municipal de Las Choapas le brindó resguardo hasta que se comunicó con sus familiares.

Horas antes, sus familiares interpusieron una denuncia penal en la Unidad Integral de Procuración de Justicia del municipio de Coatzacoalcos.

Su madre narró entre lágrimas la forma en que Luis Alejandro fue privado de su libertad después del mediodía.

«Entraron a mi casa y no supe ni quiénes son, nos revolvieron todas las cosas que tenían ahí en la casa y toda mi ropa, los objetos que tenia ahí mi hijo, dejaron su celular, todas las cosas que tenía en su cartera se las sacaron, la verdad que no sé por qué se lo llevaron», relató la señora María Soledad Palma.

Dijo que Luis Alejandro alcanzó a llamar a su padre para pedirle ayuda, pero no lograron saber más. En tanto, los vecinos no pudieron aportar información para su localización por los elementos del Mando Único que tomaron conocimiento de los hechos.

Gómez Palma conducía el programa «Esta mañana» en una televisora local; sin embargo, fue despedido hace algunos días, aunque su madre dejó en claro que no tuvo problemas tras su salida y tampoco tuvo conocimiento de alguna amenaza.

Hasta el momento, no se reportan personas detenidas por estos hechos, que fueron replicados en redes sociales así como en medios de comunicación de la región, estatales y nacionales.

La Comisión Estatal de Atención para la Atención y Protección a los Periodistas (CEAPP) del Estado de Veracruz brindó acompañamiento a la familia del ex – trabajador de una televisora local y estudiante de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación en la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV).

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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