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México

Sí es posible que partidos den recursos a damnificados: INE

El consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, aseguró que sí existen mecanismos jurídicos viables para que los partidos destinen a los damnificados del sismo los recursos que reciben del Estado.

Tras el temblor del 19 de septiembre, la plataforma Change.org, que reúne firmas de apoyo para diversas causas, ha recibido peticiones para que los partidos donen sus recursos a la reconstrucción de las zonas dañadas.

El titular del INE aseguró que en las últimas horas de este jueves se ha reunido con los representantes de todos los institutos políticos, quienes le han manifestado su disposición para brindar su apoyo en ese sentido.

Acordamos también que el INE entraría en comunicación con las autoridades competentes para concretar esa intención, cosa que ha ocurrido en las últimas horas”, dijo Córdova en un video que publicó en su cuenta oficial de Twitter.

También se planteó que pudieran encontrarse mecanismos de auditoría pública, de auditoría ciudadana para que, indicó, los recursos terminen en donde se requieren.

Quiero reiterar ante ustedes que sí es posible que esos recursos puedan transferirse a quienes han sido damnificados por los eventos de los últimos días”, enfatizó.

El INE, agregó, ya les sugirió a los partidos una ruta legal para llevar a cabo la transferencia de recursos, pero se van a analizar otras opciones.

Debido a que el instituto manifestó que esa posibilidad está abierta y es viable, aseveró el consejero, ahora corresponde a los partidos políticos actuar en consecuencia.

Change.org creó el micrositio #FuerzaMéxico para aglutinar todas las peticiones relacionadas con el terremoto del 19 de septiembre.

Entre las peticiones se solicitan donativos por parte de universidades y que los partidos destinen a las víctimas del terremoto los recursos que se les asignó para las campañas de 2018.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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