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Banxico prevé efecto temporal en la inflación por sismo

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El Banco de México (Banxico) estimó en su documento de política monetaria que los sismos del 7 y 19 de septiembre tendrán un efecto moderado y temporal sobre la inflación y la actividad económica en el país.

«La inflación general anual pareciera ya haber alcanzado su techo (abstrayendo el potencial efecto de los sismos, que debería ser de corto plazo y temporal) y se espera que muestre una tendencia a la baja», señala el documento.

En la primera quincena de septiembre la inflación mostró una reducción respecto de agosto, al pasar de un nivel de 6.66 por ciento a 6.53 por ciento.

«Derivado de los recientes sismos, podrían también aparecer algunos problemas de abasto o de incremento de precios en algunos productos, los cuales serían temporales de corto plazo».

El Banxico decidió de manera unánime mantener el objetivo para la tasa de interés en un nivel de 7 por ciento.

Los 25 analistas encuestados por Bloomberg habían coincidido en que el Banco de México mantendría inalterada a su tasa de referencia, por segunda reunión de política monetaria consecutiva en 7 por ciento, su nivel más elevado desde febrero de 2009.

El organismo previó además que la Reserva Federal de Estados Unidos elevaría su tasa de referencia en diciembre. Al igual que la encuesta de Bloomberg entre analistas, que señala que la probabilidad de que aumente su tasa es de 66.6 por ciento.

Además, en el mercado de derivados, las apuestas también se inclinan a Banxico no subirá su tasa en lo que resta del año.

«Hacia adelante, seguirá muy de cerca la evolución de todos los determinantes de la inflación y sus expectativas de mediano y largo plazo, en especial del traspaso potencial de las variaciones del tipo de cambio a los precios, así como la evolución de la brecha del producto. También evaluará la posición monetaria relativa entre México y Estados Unidos, así como el impacto de los sismos sobre los precios».

El Financiero

Dinero

SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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