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Demanda INAI a Cofepris informar sobre efectos negativos de medicamentos para interrumpir el embarazo

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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) deberá buscar y dar a conocer los documentos que acrediten las acciones, procedimientos, sanciones y resoluciones emitidas por efectos adversos relacionados con los medicamentos misoprostol y mifepristona, utilizados para la interrupción del embarazo, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales INAI.

De igual forma, deberá reportar sobre el número y el tipo de eventos adversos reportados desde el registro de dichos medicamentos, como moléculas o denominación genérica.

“La posibilidad de que el embarazo termine con medicamento es del 80 por ciento y en el 20 por ciento de los casos, en los que no funcionan los medicamentos, y la mujer decida continuar con su embarazo, existe el riesgo que éstos causen una malformación en el embrión, por lo tanto, las mujeres que piensan usar esta opción para interrumpir el embarazo, deben poder consultar toda la información posible, para tomar una mejor decisión”, argumentó el comisionado Joel Salas Suárez.

En defensa del derecho a la salud, salas recordó ante el Pleno del INAI, que “cuando el embarazo es producto de una violación, es legal interrumpirlo en todo el país, mientras que, en 14 de 32 entidades, es posible si se afecta el estado de salud de la mujer, en 16 por alteraciones genéticas del feto, y en dos es legal por cuestiones económicas».

“Hacerlo por voluntad de la mujer es legal en la Ciudad de México, desde el año 2007. A partir de entonces, hasta abril del presente año, 176 mil 109 mujeres ha realizo esta práctica en la capital, 125 mil 127 son originarias de esta ciudad y 44 mil 608 del Estado de México y mil 38 del estado vecino de Puebla”, precisó el comisionado.

Joel Salas enfatizó que, para prevenir las muertes derivadas por abortos clandestinos, se deben evitar que persistan las dudas sobre el procedimiento, las secuelas, incluso que el riesgo de la interrupción sea efectivo.

La decisión se toma en respuesta al particular que solicitó dicha información, pues se quejó de que no existía dicha advertencia desde la Comisión de Operación Sanitaria.

El comisionado Salas indicó que después de haber realizado una búsqueda exhaustiva en la totalidad de los archivos físicos y electrónicos con que cuenta, el resultado había sido la inexistencia.

En alegatos, la COFEPRIS reiteró su respuesta original. En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Joel Salas dijo no advertir que la búsqueda realizada por el sujeto obligado haya sido exhaustiva, en los términos previstos por la Ley Federal de Transparencia, toda vez que cuenta con dos unidades administrativas que, por materia de sus atribuciones, podrían contar con la información requerida.

Se precisó que la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgo tiene, entre otras funciones, la relativa a operar los instrumentos en materia del programa permanente de farmacovigilancia.

Por otro lado, se manifestó, la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura tiene dentro de sus atribuciones, la de apoyar la instrumentación de acciones en materia de vigilancia sanitaria, regulación y, en su caso, la vigilancia epidemiológica, así como de las encaminadas a la evaluación y seguimiento de eventos adversos asociados con el uso de medicamentos y productos biológicos.

En ese sentido, se apuntó, la COFEPRIS no cumplió con el procedimiento de búsqueda exhaustiva que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Por lo anterior, a propuesta del comisionado Joel Salas Suárez, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la COFEPRIS y le instruyó a efectuar una nueva búsqueda de la información requerida, en todas las unidades administrativas que por materia de su competencia podrían contar con ésta, dentro de las cuales no podrá omitir las ya referidas y la entregue al particular.

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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