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México

PRD en el Senado pide separar a Rosario Robles de su cargo

El coordinador del PRD en el Senado, Luis Sánchez Jiménez, exigió que separe del cargo a la secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Rosario Robles Berlanga, y se le investigue por el desvío de recursos detectado por la Auditoría Superior de la Federación.

En entrevista, el senador por el partido del sol azteca resaltó que ya no pedirán que la titular de la Sedatu acuda a comparecer, sino que ahora solicitarán que se le destituya y se indague su probable responsabilidad.

No obstante, Luis Sánchez Jiménez reconoció que nuestro país se ha convertido en un paraíso de impunidad, por lo que es muy poco probable que se actúe en su contra.

Por otro lado, el senador perredista advirtió que el ex secretario de Hacienda, José Antonio Meade, debió enterarse de las anomalías reportadas por la Auditoría Superior de la Federación, por lo que, dijo, el hoy candidato presidencial del PRI también debe ser investigado.

De igual forma, el coordinador de los senadores del PAN, Fernando Herrera Ávila, aseguró que en este caso también hay responsabilidad del ex secretario de Hacienda, José Antonio Meade.

En este marco, senadores del Partido Acción Nacional demandaron a la Procuraduría General de la República que investigue, con total imparcialidad, el presunto desvío de recursos en la Sedatu y Sedesol, durante las gestiones de Rosario Robles.

A través de un punto de acuerdo, los senadores panistas pidieron también a la Secretaría de la Función Pública que informe sobre las acciones emprendidas contra los funcionaros presuntamente relacionados con este caso.

De igual forma, pidieron que Rosario Robles acuda a una reunión de trabajo con los senadores, a fin de que explique e presunto desvío de recursos detectado durante su encargo al frente de la Sedesol y Sedatu, a fin de abonar a la transparencia y a una adecuada rendición de cuentas.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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