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Opinión

Breve y Claro: ¿Quién nos lleva a casa? Por Angélica Delgado

Angélica Delgado

La detención de Jorge M. alias “El Rojo”, líder de los choferes de camiones en Chihuahua por posesión de 50 paquetes de cristal, debería hacernos reflexionar de manera profunda sobre la forma en que esta droga está permeando en prácticamente todos los sectores de la sociedad.

Ya se ha hablado del ámbito de la seguridad, donde han crecido el número de detenciones de personas que la venden o consumen, en el tema de salud se prevé un incremento en la necesidad de atención al tema mental, ya que ataca directamente al sistema nervioso central, y en el de prevención se lanzó la campaña llamada “Rompe el Hielo”.

Pero un área que quizá no habíamos volteado a ver es la del transporte y fue precisamente la presentación de “El Rojo” por parte de las autoridades la que puso los ojos en esta área donde ahora se sabe, por su titular, Guillermo Hernández, que no hay análisis eficientes para detectar el consumo de esta droga en particular en los choferes. Y aquí es donde yo me pregunto: ¿Quién nos lleva a casa? Caras vemos, pero más allá no sabemos.

Lo cierto es que los resultados que han arrojado si un chofer es consumidor o no de esta droga, no son fieles a la realidad, lo que hace más difícil detectar una adicción que muchas veces va ligada a la exigencia del mismo trabajo.

Los únicos análisis que pueden detectar ésta que ha sido considerada como una epidemia de consumo, son aquellos que tienen 5 reactivos o más, pero aun en estos es fácil de esconder de manera temporal y con la combinación de algunos elementos.

Por eso, el gran reto de la autoridad es darle vuelta al esquema, buscar cambiar a que sean sorpresa, porque si se aplica una sola vez no garantiza que no reincida y es precisamente de los consumidores reincidentes de quien se tiene que estar más pendiente.

Y el riesgo es amplio: Sensaciones de paranoia, ansiedad, irritabilidad, nerviosismo, confusión, insomnio y conductas violentas que se llevan a la vida laboral, una verdadera bomba de tiempo si se le suman factores como 8 horas de trabajo o doble turno lidiando con el tráfico, contando monedas, haciendo que el pasaje se comporte y lidiando con la temperatura extrema.

Queda claro que en el caso de Hernández, su postura es humanitaria, porque ha afirmado que no se puede estar pidiendo un mejor servicio de transporte urbano si no se cuida a los actores que dan ese servicio también y ha cuestionado la falta de garantías por parte de los patrones y de respaldo del sindicato.

Pero no se puede ni debe dejar de lado que quienes nos llevan a casa, al trabajo, a una consulta médica, ¡vaya! Los que mueven al grueso de la población, sí deben tener un comportamiento ejemplar, por eso es importante que cada uno haga la parte que le corresponde en éste sistema de transporte.

Editorial publicada en El Heraldo de Chihuahua

Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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