Conecta con nosotros

México

Reo de Puente Grande asesina a su abogada tras quedar libre

Hace dos meses, la abogada Irasema Yazmín “N” logró que Alberto C. obtuviera su libertad del Penal de Puente Grande, y el lunes, presuntamente, su cliente la ejecutó a balazos, en San Nicolás.

El ex militar, de acuerdo con una fuente policiaca, presuntamente acribilló a la mujer cuando estacionaba su camioneta Mercedes Benz en la calle De la Justicia, en la Colonia Las Alamedas.

Alberto C. fue defendido por Irasema Yazmín, al igual que Eleazar, «El Chelelo», explicó el informante.
Ambos estaban presos en el penal federal de Puente Grande, tras haber sido detenidos el 26 de enero del 2016, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, agregó.

«El Chelelo» era señalado como líder del Cártel del Golfo, y Alberto C. presuntamente era uno de sus pistoleros, al igual que Jesús Aguilar y Sergio N, con quienes fue detenido.

La fuente explicó que, de acuerdo con información conseguida por la Policía, la abogada los representó en los juicios hasta que recuperaron su libertad, en julio pasado.

Mencionó que como uno de los posibles móviles de la ejecución de Irasema Yazmín, la Ministerial investiga la versión de que la litigante presuntamente empezó a defender a contrarios al grupo de «El Chelelo».

El lunes, alrededor de las 12:40 horas, la abogada fue ejecutada a balazos cuando llegaba a una tienda de su hermana.
Un policía que realizaba un patrullaje pasó por el lugar y fue alertado por testigos de que el presunto homicida estaba huyendo.

El uniformado persiguió al presunto ejecutor, quien tiró una pistola escuadra calibre 9 milímetros.

Alberto C. fue sometido por el uniformado y trasladado a la sede de la Policía con apoyo de otros elementos de la corporación municipal. El detenido es investigado en relación a otras ejecuciones, dijo la fuente.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto