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México

Pide López Obrador no caer en pánico ante desabasto de gasolina

Ante la falta de desabasto de combustible en al menos 25 entidades del país y que ha provocado descontento entre parte de la ciudadanía, el presidente Andrés Manuel López Obrador llamó a los mexicanos a apoyar el plan contra el huachicoleo y a conducirse con tranquilidad y a no caer en el pánico.

En conferencia, el mandatario urgió a la población a apoyar las medidas que el Gobierno federal lleva a cabo para evitar el robo de combustible de ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex).

Pido a los mexicanos que nos apoyen para no dejarnos someter, vencer, por la delincuencia que entre todos triunfemos y acabemos con el robo de combustibles.

“Le pido a la gente que nos ayude actuando con prudencia, con serenidad, sin caer en pánico, sin hacer caso a información alarmista, tendenciosa, de quienes de manera directa o indirecta están a favor de este régimen corrupto que está ya a punto de acabarse”, aseguró.

López Obrador explicó que la problemática de desabasto de gasolina se debe al cierre de ductos de Pemex; sin embargo, aclaró que hay combustible suficiente para el abastecimiento y sólo hay un retraso por el nuevo sistema de distribución.

Aseguró que abrir de inmediato los ductos provocaría que se “acepte” el robo de gasolina, lo cual no es conveniente para el país.

“Sería fácil abrir los ductos y decir: ‘se normalizó la situación’, pero mantener a sabiendas el robo; es decir, aceptar, tolerar, el robo, eso no lo vamos a hacer”, dijo.

Reiteró que los cierres de ductos son para evitar las fugas de combustible y que se abrirán “conforme se considere prudente para evitar” este ilícito.

“Hay gasolina suficiente en el país, en los centros de acopio de gasolinas, pero no podemos utilizar los ductos porque existen redes que se crearon para extraer, para robarse, las gasolinas, redes alternas”, comentó.

El titular del Ejecutivo aseguró que van a “resistir todas las presiones que sean”.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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