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México

Falta identificar 52 restos de la tragedia en ducto de Tlahuelilpan

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), Alejandro Habib Nicolás, informó que aún se tiene pendiente identificar 52 restos de víctimas cuyos cuerpos se carbonizaron durante la explosión de la toma clandestina de Tlahuelilpan, el 18 de enero.

El ombudsman estatal explicó que inicialmente se contaba con 68 restos por identificar, de los cuales 16 ya fueron entregados a sus familiares, quedando pendiente la identificación de 52 restos.

Eran 68 restos, se entregaron 16 a sus familiares y son 52 los que restan por identificar. Coinciden con el número de personas desaparecidas o no localizadas con respecto al mismo incidente, dijo en entrevista telefónica para Excélsior.

El ombudsman resaltó que –de acuerdo a lo que la he informado la PGJH- la identificación de los restos que se tienen pendientes puede demorar otros seis meses más, derivado del grado de carbonización con que se hallaron, lo que ha complicado esclarecer las identidades.

No descarto, con la experiencia con que cuento, que se tenga que solicitar el apoyo a instancias internacionales, porque es muy complicado la identificación por el grado de carbonización”.

Habib Nicolás añadió que por la tragedia ocurrida el 18 de enero, ningún familiar inició una queja, aunque no descartó que se inicie con posterioridad, si estos así lo consideran necesario.

Los familiares para nosotros son considerados como victimas indirectas del evento. Seguiremos al pendiente de que cualquier familiar quiera iniciar alguna queja y estaremos observando por las victimas indirectas”.

Al último informe del gobierno estatal, además de los 52 restos por identificar, por la desgracia de Tlahuelilpan han fallecido 135 personas, mientras que ocho más continúan en hospitales.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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