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México

Alerta IMSS sobre maquillajes tóxicos

Especialistas del IMSS en Jalisco alertaron a la población sobre el uso de cosméticos que pueden provocar ciertas reacciones adversas en la piel, debido a que algunos de estos productos contienen elementos tóxicos como níquel, cobalto y cromo.

La experta en dermatología adscrita al Hospital General de Zona (HGZ) 14, Ana Rosa Alvarado Rivas, precisó que estos elementos se han encontrado en productos como sombras, lápices de color y correctores cuya base es de tonalidad verde y azul.

Explicó que para proporcionar esta coloración, algunas industrias utilizan estos contenidos en el maquillaje, “las pacientes acuden a la consulta dermatológica por reacciones adversas tras el uso de estos productos, como dermatitis alérgica, acné, ardor, hinchazón y comezón intensa”.

Comentó que al entrar la piel en contacto con sustancias tóxicas, las reacciones alérgicas pueden surgir días posteriores y exacerbarse al exponerse al sol, y manifiestan irritación y enrojecimiento de leve a severo, según la sensibilidad y la cantidad y calidad del cosmético utilizado.

Afirmó que alrededor de 5 por ciento de las pacientes atendidas en el servicio de Dermatología del HGZ 14 acude a consulta por reacciones adversas tras utilizar este tipo de cosméticos con cuadros principalmente de alergia, acné e irritación.

Mencionó que por ser la piel más delicada y suave, es común que la irritación se focalice en los párpados de la paciente.

Recomendó el uso sólo de maquillajes hipoalergénicos, que tengan además el factor libre de grasa, para un cuidado óptimo de la piel de las mujeres que utilizan cosméticos, “es importante retirar el producto antes de dormir con agua y jabón”.

Agregó que debe preservarse la higiene, no compartir brochas, esponjas u otros artículos para aplicar maquillajes con otras personas, dado que es una vía de transmisión de bacterias y ácaros.

Subrayó que las adolescentes no deberían hacer uso de maquillajes debido a que alrededor de los 13 años se incrementa la producción de grasa en la piel, “esto propicia la obstrucción de poros y por consiguiente el desarrollo del acné”.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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