La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó, por mayoría de votos, que el Congreso de Aguascalientes no violó convenciones internacionales al no otorgar dispensas para permitir el matrimonio entre menores de edad en casos graves y justificados.
Durante la sesión, tras sostener que está en contra de cualquier forma de matrimonio infantil, el ministro presidente, Arturo Zaldívar expuso que el Estado mexicano ha dado una protección mayor a los niños en este tema a pesar de que en derecho internacional no está desterrada la práctica de las dispensas.
A su vez, el ministro Luis María Aguilar comentó que tanto en el derecho interno como en el internacional se ha establecido una edad mínima como garantía para evitar que los niños sufran los efectos negativos del matrimonio infantil como puede ser la limitación para continuar con su educación.
Sobre esta base de que el matrimonio no es un derecho humano que los niños puedan ejercer, considero que la reforma impugnada no transgrede los principios de universalidad y progresividad, por el contrario, se trata de una medida legislativa dirigida a ampliar su protección y, por lo tanto, en su beneficio”, expuso Aguilar Morales.
Este lunes la SCJN inició el estudio de constitucionalidad de distintos artículos del Código Civil del Estado de Aguascalientes que regulan el matrimonio infantil.
Los ministros del máximo tribunal del país comenzaron la revisión del proyecto del ministro Fernando Franco sobre los artículos relacionados con el establecimiento de la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, sin permitir excepciones legales para su celebración a personas menores de esa edad.
Excelsior