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México

Barzón Nacional responsabiliza a Duarte por asesinato de Solorio

En una carta publica, el presidente nacional de El Barzón,  responsabiliza al gobernador del Estado de Chihuahua, César Duarte, del asesinato de Ismael Solorio Urrutia y de su esposa, Manuelita Solís Contreras, dirigentes de El Barzón Chihuahua. Así mismo en el pliego dirigido al Secretario de Gobernación Federal, Alejandro Alfonso Poiré Romero, culpan a las autoridades de CONAGUA y de Medio Ambiente por la actitud omisa y por la falta de apego a la Ley para castigar a todos los que explotan ilegalmente el agua y destruyen las comunidades con la contaminación.

Aquí la carta:

Nos dirigimos a Ustedes para expresar nuestra indignación frente al asesinato del compañero Ismael Solorio Urrutia y de su esposa, Manuelita Solís Contreras, dirigentes de El Barzón Chihuahua, ocurrido el día de hoy por la mañana en el municipio de Namiquipa, Chih.

Los compañeros ya habían sido agredidos por los grupos que de forma ilegal y con el apoyo de funcionarios del gobierno del Estado y de autoridades federales están realizando la explotación de agua y desarrollando procesos de contaminación y destrucción de las parcelas y los cultivos de toda la región de San Buenaventura, en el estado de Chihuahua.

Los funcionarios gubernamentales nunca han querido resolver el conflicto y castigar a los que de manera permanente han estado violando la ley y afectando la vida y la producción de miles de chihuahuenses. El gobernador y las autoridades de CONAGUA nunca quisieron intervenir para solucionar el conflicto y castigar a los que de manera permanente han pasado por encima del estado de derecho.

El único motivo de la lucha de los compañeros Ismael y Manuelita era el de defender el agua de la zona del semidesierto y conservar los acuíferos contra la explotación irracional de las plantaciones comerciales. También peleaban por evitar la violación de la Ley por parte de la Compañía de Servicios Mineros Cascabel, filial de la minera Canadiense MAGSILVER, que estaba perforando a pesar de carecer de permiso y de la oposición de la asamblea y de las autoridades ejidales. Hasta el momento ya habían realizado más de 400 perforaciones, con la expectativa de que una vez iniciada la explotación, utilizarán materiales altamente contaminantes que provocarán graves daños en la salud de los habitantes, destrozando los cultivos de la zona y contaminando los acuíferos.

A pesar de la tensión permanente y de los enfrentamientos violentos, las autoridades locales y federales dejaron crecer el problema y los enfrentamientos se agravaron. Hoy los compañeros Ismael y Manuelita han sido asesinados.

Nosotros responsabilizamos al Gobernador César Duarte y a las autoridades de CONAGUA y de Medio Ambiente por la actitud omisa y por la falta de apego a la Ley para castigar a todos los que explotan ilegalmente el agua y destruyen las comunidades con la contaminación.

Nuestros compañeros fueron comprometidos defensores de los derechos que tienen los habitantes de Chihuahua para lograr un desarrollo sustentable, en armonía con la naturaleza. Por ello participaban activamente en las movilizaciones en defensa de los acuíferos de la entidad, sobreexplotados mediante maniobras fraudulentas.

Hoy queremos manifestar nuestra indignación frente a la actitud del Gobernador Duarte por negarse a aplicar la Ley, dejando que el conflicto se agravara. Queremos manifestar nuestro repudio a las autoridades de CONAGUA que toleraron y estimularon la explotación ilegal de los sistemas de riego, cambiaron el uso del suelo, permitiendo que los pozos funcionaran con certificados y concesiones apócrifas, mediante la corrupción y la complicidad con grupos de menonitas, que ponían en peligro los acuíferos y la producción de maíz y frijol. Queremos manifestar nuestro repudio a la Secretaría de Medio Ambiente por negarse a clausurar las perforaciones de la minera, a pesar de que recientemente la Procuraduría Agraria había emitido un dictamen dando la razón a los ejidatarios.

No vamos a permitir que el asesinato de Ismael y Manuelita se convierta en un número adicional a los miles de muertos y asesinados en el estado de Chihuahua. Debe haber justicia y se debe castigar a los responsables del asesinato. Pero también debe de detenerse la explotación ilegal de los recursos naturales.

Exigimos justicia.

C. Alejandro Alfonso Poiré Romero

SECRETARIO DE GOBERNACIÓN

C. César Duarte Jáquez

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA:

ATTE.

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE EL BARZON

ALFONSO RAMIREZ CUELLAR

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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