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México

Habrá Ley de Guardia Nacional con mando civil antes del 25 de mayo

La Ley Orgánica de la Guardia Nacional estará lista antes del 25 de mayo, fecha límite para su aprobación, adelantó el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ricardo Monreal, al puntualizar que se trabaja entre todos los partidos para buscar el mayor consenso.

Entrevistado luego de inaugurar un foro sobre derechos de comunidades indígenas, el líder de la bancada de Morena, aseguró que habrá responsabilidades paritarias entre civiles y militares para garantizar la seguridad del país, quedando claro el mando civil.

“El debate es de fondo y va a quedar civil, pero recuerden que, desde la reforma constitucional, el denominado pie de veteranía, los primeros ingresos a la Guardia Nacional no hay de otra forma, serán militares. Así lo establece el transitorio de la Constitución”, puntualizó Monreal Ávila.

El senador de Morena, quien busca los acuerdos con los otros líderes parlamentarios refirió que el avance en la redacción de los dictámenes de las cuatro leyes reglamentarias de la Guardia Nacional lleva un avance del 96%, y se ha hecho por consenso con los partidos.

El Senado tiene hasta el 25 de mayo por mandato de legal para aprobar la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, la Ley Nacional sobre el Uso Legítimo de la Fuerza, la Ley del Registro Nacional de Detenciones y actualizar la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Se espera que el próximo lunes se llegue a un acuerdo en comisiones para tener la redacción final de las cuatro leyes de la Guardia Nacional y el martes en sesión extraordinaria del Pleno del Senado puedan ser aprobadas para luego ser remitidas a la Cámara de Diputados.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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