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México

Se lleva a cabo registro de aspirantes a dirigencia nacional del PRI

La Comisión Nacional de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) quedó instalada este sábado en la sede de este instituto, para el registro de fórmulas de aspirantes a la presidencia y secretaría general priista para el periodo estatutario 2019-2023.

Encabezada por el presidente de ese organismo partidista, Rubén Escajeda, la Comisión abrió el registro –que cerrará a las 14:00 horas de este sábado- con la solicitud de la fórmula integrada por los militantes de Hidalgo, Margarita Santos Mendoza y Aureliano Juárez González.

Tras la revisión de sus documentos, Escajeda declaró que esta fórmula no presentó los apoyos requeridos de los Comités Directivos Estatales, Sectores, organizaciones o segmentos del partido, sino simplemente los acuses de recibo de las peticiones para que los respalden.

La Comisión, instalada en el salón “Alfonso Reyes” de la sede nacional del PRI, será responsable de la Jornada de Registro de Fórmulas de Aspirantes a la Presidencia y a la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), para el periodo estatutario 2019-2023.

De acuerdo con la convocatoria emitida en días pasados, el periodo de garantía de audiencia sobre el registro de candidaturas será el domingo 23 y lunes 24 de junio, mientras que el 25 se emitirán los dictámenes y entrega de constancia de registro de candidaturas.

Al siguiente día, el miércoles 26 de junio, iniciará el periodo de proselitismo interno que durará 45 días, ya que terminará el próximo 9 de agosto.

Ivonne Ortega se registra como candidata a la presidencia del PRI

Ivonne Ortega Pacheco y José Encarnación Alfaro registraron hoy su fórmula a la Comisión Nacional de Procesos Internos del PRI, para participar en la contienda interna para presidenta y secretario general, respectivamente, para el periodo 2019-2023.

Con el respaldo de 10 Comités Directivos Estatales, Ortega Pacheco cuestionó los apoyos que se han dado a otro de los contendientes, el exgobernador de Campeche, Alejandro Moreno Cárdenas “Alito”, con quien, dijo, se busca que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) sea un satélite de Morena.

“Regresó el gobierno de los 70 y el PRI también, pero aún así logramos el respaldo de 10 comités ejecutivos estatales y vamos a la contienda, a luchar por regresar a la militancia a este edificio, vamos a regresar para darle voz a la militancia”, sostuvo.

En la sede del partido, a la que llegaron decenas de autobuses con simpatizantes de “Alito”, la política yucateca expuso que su lucha es porque esas prácticas ya no se repitan; “ya no necesitamos camiones, necesitamos investigar de dónde salió ese recurso para esos camiones, por qué trajeron a la gente en la madrugada”.

“Eso ya no lo quieren nuestros militantes. Nuestros militantes quieren que lleguemos a sus lugares, que sintamos lo que viven todos los días y que seamos el puente conductos entre la sociedad y el gobierno”, manifestó.

Afirmó que eso la motiva a ella y a José Encarnación Alfaro a recorrer el país, en buscar la dirigencia del PRI y no traer “acarreados”, pues el instituto político tiene que cambiar o de lo contrario, difícilmente será un contrapeso y dará voz a la sociedad.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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