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Ordena SCJN que los hospitales realicen abortos en los casos de mujeres violadas

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046, que permite a las mujeres que han sido víctimas de violación, practicarse un aborto en los hospitales públicos del país.

Con ocho votos a favor, la SCJN determinó que son infundadas las controversias promovidas por los estados de Baja California y Aguascalientes, en contra de la Norma, ley emitida por la Secretaría de Salud, que permite la interrupción legal del embarazo en los hospitales púbicos del país, cuando las mujeres han sufrido violencia sexual.

“Me parece que este Tribunal Pleno tiene que mandar un mensaje muy claro de que se protegen los derechos de las mujeres, y esta norma tiende a hacer mucho más laxo, fácil y sencillo el acceso a este derecho Constitucional cuando las mujeres han sido afectadas de manera grave en su libertad sexual”, dijo Arturo Zaldívar, presidente de la SCJN, durante la sesión de hoy.

Con el aval a la NOM 046-SSA2-2005, las mujeres que han sido víctimas de violación podrán recurrir a la interrupción legal del embarazo en todos los hospitales públicos del país, y las instituciones del sistema de salud no tendrán oportunidad de negarse.

Además, las víctimas de violación no tendrán que presentar la denuncia ante el ministerio público para demostrar que fueron víctimas de violación.

LAS REFORMAS CONSERVADORAS

A lo largo del país, desde el año 2008 se han impulsado diferentes reformas a las constituciones locales de los estados con el argumento de “proteger la vida desde el momento de la concepción”. Dichas reformas surgieron como respuesta a la despenalización del aborto en la Ciudad de México y con ellas se pretende impedir el acceso al aborto legal y seguro.

Los enunciados de estos alegatos jurídicos contravienen lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en 2012 resolvió de manera definitiva que la protección a la vida prenatal requiere necesariamente proteger los derechos reproductivos de las mujeres. Asimismo, aclara que la concepción se refiere al proceso de implantación (cuando el óvulo fecundado se adhiere al endometrio) y que el feto no puede ser considerado persona.

Las constituciones de 19 estados de la República contienen cláusulas de protección desde la concepción. Morelos fue la primera entidad federativa en incluir el argumento, le siguió Baja California, Colima, Sonora, Quintana Roo, Guanajuato, Durango, Puebla, Nayarit, Jalisco, Yucatán, San Luis Potosí, Oaxaca, Querétaro, Chiapas, Tamaulipas, Veracruz, Sinaloa y recientemente Nuevo León.

La reforma constitucional en Nuevo León, aprobada el pasado 6 de marzo, despertó una controversia entre las mujeres y grupos a favor del aborto que ven en ello una victoria simbólica para los grupos conservadores que buscan criminalizar a las mujeres.

“La reforma en Nuevo León es una victoria simbólica de los grupos conservadores. Es importante aclarar que esto no tiene repercusiones jurídicas en cuanto a penalizar el aborto. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha discutido este tipo de iniciativas y concluyó que estas reformas no tenían ningún efecto para el acceso al aborto, que ya estaban establecidos en los códigos penales, ni siquiera tienen efecto para poder impedir que en el futuro se puede despenalizar en esa entidad”, dijo Isabel Funda.

De acuerdo con la especialista, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la SCJN ya han establecido que la protección de la vida desde la concepción es compatible con el aborto porque no hay forma de separarla vida de las mujeres con la vida del producto de gestación.

El argumento de la reforma constitucional del estado carece de fundamentos científicos que la sustenten. Las expertas aseguraron que con este tipo de recursos, además de estigmatizar, se busca confundir a la sociedad y al personal médico, que en algunas ocasiones se niega a brindar el servicio por ignorancia de la ley y por temor a las consecuencias.

Fuente: Sin Embargo

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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