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México

Alertan en México por picadura de mosco negro, transmisor de virus mortal

Autoridades sanitarias alertaron por la presencia del “mosco negro”, transmisor de un virus mortal que puede provocar encefalitis equina , un virus que afecta a los caballos, pero también a los humanos.

La Secretaría de Salud de Yucatán informó que cada vez es más frecuente la presencia del mosco “aedes taeniorhynchus”.
La dependencia estatal informó que hasta el momento han sido hallados algunos moscos negros en la entidad, pero no se han dado casos en concreto de muertes por dicha enfermedad.

Según la Organización Panamericana de la Salud, el llamado “mosco negro” se contagia cuando pica a aves portadoras del virus, luego el vector afecta a caballos, humanos e otros mamíferos al picarlos.

Lo anterior significa que el virus solo se transmite a través de los mosquitos, las personas y los caballos no lo transmiten de forma directa.

“Año con año hemos visto la presencia de este mosco, aunque no de una forma tan amplia como se han dado en otros puntos de la Península de Yucatán y del país, pero no debemos esperar a que esto crezca para tomar acciones”, dijo el titular del Departamento de Control de Vectores, Jorge Palacios Vargas.

Afirmó que ya se tomaron las acciones para reforzar y ampliar las medidas de control.

¿Qué es la encefalitis equina?
La encefalitis equina es la inflamación del cerebro y podría no mostrar síntomas hasta causar la muerte del animal o la persona infectada.

Algunos de los síntomas pueden confundirse con los de la gripe o influenza: dolor de cabeza, dolor de músculos y alucinaciones, pérdida de sensibilidad y parálisis o rigidez, problemas con el habla o audición, náuseas y vómito, e irritabilidad.

De acuerdo con los especialistas, no existen vacunas contra esta enfermedad, pues la mejor manera de prevenirla es evitar que los moscos transmisores piquen.

Con información de El Universal y Notimex.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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