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México

Yeidckol pide posponer para 2020 elección de Morena

Yeidckol Polevnsky, secretaria general de Morena con funciones de presidenta, dijo que debido a diversas irregularidades en el padrón de militantes, la elección interna para elegir al nuevo presidente del partido se debe posponer para el siguiente año. «Lo mejor es posponer, cumplir con una tarea que nos mandata el INE, para depurar el padrón.

Yo creo que para principios del año que viene para dedicarnos a depurar el padrón; porque lo rasuraron, quitaron a los que nos les convenía y metieron a gente extraña», dijo.

Polevsky dijo que los incidentes que se han suscitado en las asambleas de Morena, que se han suspendido por actos violentos, incluso en la de Guadalajara hubo cuatro heridos de bala, «ha sido un asunto difícil, doloroso y vergonzoso y todo porque no nos entregaron el padrón en tiempo y forma».

La también aspirante a dirigir a Morena dijo que la suspensión de la elección interna programada para noviembre será para subsanar el padrón de militantes, al que le han detectado diversas irregularidades, y para poder realizar las asambleas de forma adecuada.

«Hay un gran número de asambleas que no se han podido llevar a cabo y las que hicieron, que no pudieron culminarse, todas están impugnadas, y todos los días llegan quejas. «Los que creemos en el cambio verdadero y los que estuvimos en la creación del partido, tenemos que respetar los estatutos y apegarnos a la legalidad, esto no puede estar sometido a la ley de nadie, para que el partido sobreviva, si no lo van a enterrar los mismos que quieren validar las ilegalidades».

Yeidckol Polevnsky dijo que todas las irregularidades que se han presentado en las asambleas son en detrimento suyo y de Mario Delgado; y sin señalar a Bertha Luján, también aspirante a dirigir a Morena, aseguró que tanto ella como el mismo Delgado y Alejandro Rojas, también aspirante, estuvieron de acuerdo en el método de elección a través de las encuestas, como lo sugirió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Polevnsky dijo que por ahora es imposible auditar el padrón de Morena, que pasó de un millón 800 mil afiliados, a sólo un millón 100 mil.

Milenio

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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