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México ya es número 1 del mundo en el consumo de refrescos

México vive un epidemia de diabetes que cobra la vida de 80 mil personas al año, y aún así es el país en el que más refresco se consume.

En un artículo publicado en la Gaceta UNAM, titulado “México, primer consumidor de refrescos del mundo”, se alerta que en nuestro país se consumen 163 litros de refresco por año, “que significa 40 por ciento más que Estados Unidos, que, a su vez, ocupa el segundo lugar con 118 litros”.

Además, el consumo de bebidas representa un importante gasto para las familias mexicanas, pues destinan diez por ciento de sus ingresos a comprarlos, según datos de Florence L. Theodore, miembro del Instituto Nacional de Salud Pública, citados en el artículo.

“Beber refrescos en México, señaló, no es fortuito y es el resultado de un entramado conjunto de procesos sobre todo económicos, políticos y culturales. Se ha comprobado que siete de cada 10 niños en comunidades rurales desayunan con refresco; entre 1999 y 2006 se triplicó el consumo de bebidas azucaradas entre los adultos mexicanos, y justamente este sector de la población que los consume de manera ocasional son 15 por ciento más propensos a padecer obesidad”, dice la publicación.

Sin embargo, reducir el consumo de refrescos enfrenta la problemática de la imagen positiva que se construyó alrededor de esas bebidas. Además de que en los últimos años las fuerzas económicas y los gobiernos han contribuido a crear mayor “disponibilidad y de bajo precio al refresco; los anuncios de las refresqueras ocultan composición y riesgos para la salud, ya que el marketing vincula la marca con modernidad, descanso, mexicanidad, felicidad y hasta convivencia familiar, elementos que contribuyen en la incorporación duradera de estas bebidas en la dieta cotidiana del mexicano”, señala el artículo.

Fuente: Sin Embargo

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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