Los integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobaron los dictámenes correspondientes a cuentas públicas y estados financieros de los siguientes entes, correspondientes al ejercicio fiscal 2018.
Estas acciones, fueron presentadas ante el Pleno por los diputados Rocío González Alonso, Miguel Ángel Colunga Martínez, Misael Máynez Cano y Rocio Sarmiento Rufino, miembros de la Comisión de Fiscalización y quienes determinaron que esto se concretó en reunión con fecha del 19 de diciembre del presente año.
En lo que respecta a las cuentas públicas con observaciones, se notificará por parte del Poder Legislativo a la Auditoría Superior del Estado para que, con las instancias correspondientes, presente las denuncias administrativas y/o penales.
En lo que respecta a los entes sin observaciones, estuvieron: JCAS de Chihuahua, el Sistema de Urbanización Municipal Adicional de Juárez, Fideicomiso del Programa de Carreteras Federales y Estatales, Ojinaga y la JMAS de Nuevo Casas Grandes.
Por otra parte, en las cuentas públicas con observaciones: el Fidecomiso de Fomento Agropecuario del Estado de Chihuahua, se señaló con asignaciones irregulares de apoyos, mientras que el Fideicomiso de Administración para la Promoción y Fomento de las Actividades Turísticas en el Estado, por falta de documentación de los dictámenes de licitaciones y por falta de dictámenes de adjudicación directa.
Al Fideicomiso Estatal para el Fomento de las Actividades Productivas en el Estado, dado a que no se cuenta con documentación establecidos en las reglas para adquisición de créditos; a San Francisco de Borja, por retención de sueldos del personal y no pagar el Impuesto Sobre la Renta al Sistema de Administración Tributaria.
A Guazapares, por no contar con la evidencia de prestación de servicios por consultoría, así como el nulo pago del Impuesto Sobre la Renta al Sistema de Administración Tributaria; Moris, por retención de sueldos del personal y no pagar el Impuesto Sobre la Renta al Sistema de Administración Tributaria.
A la Universidad Tecnológica de Chihuahua, dado a que no contaba con documentación de comprobación de registros contables entre las colegiaturas de alumnos cobradas y los inscritos; por último, al Instituto Chihuahuense de las Mujeres, por el pago indebido por bienes no recibidos por gastos de propaganda, disposición de recursos del ente fiscalizable para pago de sueldos de nómina.