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México

Mantuvo Secretaria de Energía una postura firme en la OPEP: Pérez Cuéllar

El senador por Morena, Cruz Pérez Cuéllar, manifestó que fue una excelente defensa de la soberanía energética la que realizó la Secretaria de Energía, Rocío Nahle, para lograr, luego de varios días de negociación, el acuerdo de la reducción de petróleo a 100 mil barriles diarios en lugar de 400 mil.

Lo anterior, luego de que la secretaria de Energía de México, se convirtió en la gran protagonista del acuerdo alcanzado este domingo por la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), que reducirá la producción en 9,7 millones de barriles diarios para frenar la caída de precios del crudo en el mundo.

Explicó el legislador, que dicho acuerdo se logró luego de que el pasado jueves 9 de marzo, México, por medio de Rocío Nahle, mantuvo su posición de recortar 100 mil barriles por día su producción, en lugar de los 400 mil barriles que le pidieron el resto de los productores, al tiempo que Estados Unidos negociaba absorber hasta 250 mil barriles más a nombre de nuestro país.

“Fue una excelente negociación cuidando en todo momento la soberanía energética, porque para México hubiera sido devastador en este momento reducir 400 mil barriles de petróleo” manifestó el senador Morenista.

Dijo el senador chihuahuense, que en México estamos pasando por un momento muy difícil en materia económica, y haber tenido una reducción de 400 mil barriles diarios de petróleo, hubiera impactado aún más, en la crisis que ya se está viviendo por la contingencia en salud.

Detalló, que hay una crisis económica muy fuerte en todo el mundo y en México no es la excepción, por lo que, le da aún más relevancia al acuerdo logrado en la OPEP y la gran solidaridad que mostró con México, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump.

Por lo que, reiteró Pérez Cuéllar, que fue una negociación muy exitosa y que gracias a que Rocío Nahle se mantuvo firme, seguirán entrando millones de dólares al país, para seguir haciendo frente a la situación económica que se vive en la actualidad.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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