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México

La CDMX llegaría a su ‘normalidad’ hasta agosto

El camino a la nueva normalidad en la Ciudad de México se puso en marcha y se espera que sea hasta agosto cuando ésta se alcance en su totalidad.

Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la capital, dijo que el regreso a la «nueva normalidad» será gradual y estará guiado por el semáforo diario de ocupación hospitalaria por COVID-19.

Estimó que durante la primera quincena de junio el semáforo estará en rojo, es decir, con ocupación hospitalaria de más del 65 por ciento, por lo que seguirán operando únicamente las actividades esenciales como los servicios de salud, transporte y actividades primarias.

Dijo que a partir del 1 de junio reiniciarán algunas actividades sustantivas que tienen que ver con las ya publicadas, como minería, construcción, fabricación de equipo y de transporte.

Ese día también reiniciará la producción de cerveza, dijo en conferencia la titular del gobierno local.

Señaló que también se prevé reabrir algunos parques públicos para realizar actividades físicas al aire libre, pero se limitará la afluencia al 30 por ciento de su capacidad.

“Podremos salir a la calle con un porcentaje menor a la capacidad y deberá ser vigilado no solamente por el gobierno, sino también por los ciudadanos”, aseguró.

El regreso a clases, adelantó la funcionaria capitalina, será hasta agosto, una vez que el semáforo esté en color verde; mientras continuarán las clases a distancia.

En tanto, restaurantes, hoteles, cines y teatros, comenzarían a operar desde la mitad de junio, con una ocupación del 30 a 50 por ciento.

Sheinbaum dio a conocer las actividades que se reanudarían de acuerdo con el color del semáforo epidemiológico, los cuales serán rojo, naranja, amarillo y verde.

Fuente: El Financiero

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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