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México

Aprueba Senado de la República leyes secundarias del T-MEC

El senador por Morena, Cruz Pérez Cuéllar, aplaudió la aprobación por unanimidad en la Cámara Alta, de las cinco leyes que armonizan el marco jurídico nacional con el Tratado de Libre Comercio de México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) que entrará en vigor este 1º de Julio.

Se trata de la aprobación de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que contiene nuevas disposiciones para salvaguardar las creaciones del intelecto humano orientadas a un fin comercial o industrial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Constitución.

Además, de reformas a la Ley Federal de derechos de Autor, que busca dotar a los autores de un marco normativo que asegurará el retorno del valor de la creatividad de los autores en toda la cadena productiva, y estimulará así? su creatividad.

De la misma manera, se aprobó la reforma al Código Penal Federal, en materia de grabación no autorizada de obras cinematográficas, con el objetivo de garantizar a las personas que gozan de un derecho de propiedad intelectual la posibilidad de solicitar por la vía penal la reparación completa del daño en juicio, así? como, la imposición de una sanción a aquellas personas que violen los derechos de propiedad intelectual.

Por otro lado, se avalaron Reformas a la Ley Aduanera, mediante las cuales se dará? cumplimiento con los requerimientos planteados por la industria nacional productora, importadores y exportadores, generando una estrategia nacional de facilitación comercial.

También se aprobó la nueva Ley de Infraestructura de Calidad, que abroga a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, que modernizará las tareas de normalización, a través de un marco que busca incentivar el cumplimiento voluntario de las normas y generar una cultura de la calidad que además promueva el desarrollo nacional mediante el fomento al crecimiento económico.

Conjuntamente, se ratificó el acuerdo de Cooperación Ambiental entre los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá, que representa un instrumento importante para cumplir con los compromisos en materia ambiental adquiridos a nivel internacional y que es congruente con otros tratados en materia de protección y conservación de especies naturales, prevención de la contaminación, protección al medio ambiente, limites de aguas y mecanismos de cooperación, entre otros.

Por tal motivo, el senador morenista se congratuló de la aprobación de estas leyes secundarias, porque, con la entrada en vigor del T-MEC, se continuará garantizando el acceso preferencial de México al mercado más grande del mundo, además de brindar certidumbre para la inversión y el empleo.

Agregó el senador chihuahuense que es plausible la disposición de las diversas fuerzas políticas al interior del Senado de la República, que llegaron a un consenso para la aprobación de estas leyes que vendrán a beneficiar al país en materia económica.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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