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México

Identifican a otro normalista; Christian fue desaparecido en Iguala

Luego de que el Instituto de Genética de la Universidad de Innsbruck analizó seis piezas óseas encontradas en 2019, en la Barranca de la Carnicería, se determinó que corresponden a Christian Alfonso Rodríguez Telumbre.

Otro normalista de Ayotzinapa, de los 43 que desaparecieron hace casi seis años en Iguala, fue identificado mediante el análisis de restos óseos.

Se trata de Christian Alfonso Rodríguez Telumbre, de 19 años. Su muerte, junto con la de Alexander Mora Venancio y la de Jhosivani Guerrero de la Cruz, son las únicas tres de este caso que han sido confirmadas.

Omar Gómez Trejo, fiscal del caso Ayotzinapa, informó ayer que el Instituto de Genética de la Universidad de Innsbruck, en Austria, analizó seis piezas óseas halladas en noviembre de 2019 en la Barranca de la Carnicería, un ejido de Cocula. El estudio determinó que uno de esos restos pertenece a Christian.

Desde el 14 de diciembre de 2014, dicha barranca se perfiló como uno de los sitios de destino de los normalistas, pues policías comunitarios de Guerrero descubrieron restos de una hoguera donde se quemaron cuerpos. La información fue entregada a la extinta PGR, pero no se investigó entonces.

“(Christian) no fue tirado ni encontrado en el basurero de Cocula ni en el río San Juan, tal y conforme a la versión que, pública y judicialmente, sostuvo la anterior administración”, destacó el funcionario federal.

Excélsior dio a conocer ayer que las investigaciones de la FGR sobre este caso apuntan a que ninguno de los 43 normalistas de Ayotzinapa fue llevado, ejecutado o calcinado en el basurero de Cocula.

En tanto, Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de la Segob, adelantó que en cuanto se reabran las operaciones aéreas en el mundo se enviarán nuevos restos a Innsbruck, para que se les realicen análisis genéticos.

CHRISTIAN ALFONSO RODRÍGUEZ TELUMBRE

Alumno de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, ubicada en Ayotzinapa, Guerrero.

Tenía 19 años al momento de su desaparición.
El joven era conocido entre sus compañeros de escuela como un exponente de bailes folclóricos, actividad que practicaba en un salón de la Casa de Cultura de Tixtla.
Restos de una de sus piernas, localizados en noviembre de 2019 en el ejido Barranca de la Carnicería, fueron analizados genéticamente en la Universidad de Innsbruck.
Identifican a un normalista más de Ayotzinapa

El fragmento óseo de una de sus piernas fue localizado en noviembre de 2019 a 800 metros del basurero de Cocula y la Universidad de Innsbruck lo analizó; desde 2014,
la PGR fue informada sobre una hoguera y restos humanos en la Barranca de la Carnicería.

El Instituto de Genética de la Universidad de Innsbruck analizó seis piezas óseas encontradas —en noviembre de 2019— en la Barranca de la Carnicería, un ejido de Cocula; el análisis genético determinó que uno de esos restos pertenece a Christian Alfonso Rodríguez Telumbre, uno de los 43 normalistas desaparecidos hace casi seis años en Iguala, Guerrero.

Omar Gómez Trejo, titular de la Unidad Especializada en Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa (UEILCA) de la Fiscalía General de la República (FGR), hizo público ayer el hallazgo.

Con la identificación de Rodríguez Telumbre ya son tres de los 43 normalistas que científicamente han muerto y fueron reconocidos por la misma institución de Viena, Austria. Los otros dos son Alexander Mora Venancio y Jhosivani Guerrero de la Cruz, aunque Gómez Trejo no los mencionó.

Desde el 14 de diciembre de 2014, la Barranca de la Carnicería se perfiló como uno de los sitios de destino de los normalistas. Ese día, 68 días después de la desaparición de los estudiantes, policías comunitarios de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG) descubrieron restos de una hoguera donde quemaron cuerpos humanos.

Según la UPOEG, la información fue entregada a la desaparecida PGR.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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