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México

Hoy inician depósitos de «Mi Beca para Empezar»

Mi Beca para Empezar es un apoyo que el Gobierno de la Ciudad de México ofrece ante la difícil situación que viven las familias mexicanas a causa de la pandemia por Covid-19 y hoy inicia el primer depósito, así que aquí te decimos cómo revisar tu saldo.

A través de sus redes sociales, Claudia Sheinbaum, jefa de gobierno de la CDMX informó que a partir de este 1 de agosto se hará el depósito de la primera mitad del monto total destinado a los útiles escolares y uniformes.

Por su parte, el resto de la ayuda económica se abonará en el mes de septiembre, regresen o no a clases presenciales los estudiantes.

Este 1º de agosto l@s estudiantes de educación básica, recibirán la primera mitad del programa de Apoyo a Útiles y Uniformes Escolares.

Durante septiembre, se entregará la segunda mitad de este apoyo.

Quienes estén adscritos al programa se harán acreedores a su vale electrónico o tarjeta de color verde con el 50% de la ayuda:

Para preescolar, así como Centros de Atención Múltiple (CAM) y Comunitarios, la ayuda es de 360 pesos.
Para Primaria y CAM del mismo nivel es de 410 pesos.
Para Secundaria y CAM es de 450 pesos.
Para CAM labora el monto es de 450 pesos.

Cabe recordar que durante los meses de abril, mayo y junio, todos los alumnos inscritos en el programa recibieron un incremento de 500 pesos en sus depósitos, en busca de apoyar a las familias ante los problemas financieros que pudieran presentarse durante la contingencia.

El apoyo del programa Mi Beca para Empezar es entregado por el Gobierno de la CDMX a alumnos de preescolar, primaria y secundaria de educación pública y a estudiantes de educación básica de Centros de Atención Múltiple (CAM).

Agencias

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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