Chihuahua
“Corral no es mediador, es un completo agitador”, asegura Pérez Cuéllar
“Un criminal uso del lenguaje y manipulación, está haciendo el gobernador Javier Corral Jurado con el tema de la deuda del agua, para crear confusión entre productores del campo y después generar confrontación con dependencias federales; para que se involucren personajes de la política local y participen de dicha confusión y confrontación”, evidenció el senador Cruz Pérez Cuéllar.
En lugar de generar condiciones como lo hicieron sus antecesores durante décadas, acotó el legislador de Morena, el gobernador de Chihuahua emplea un doble discurso para incentivar el enojo de quienes se sienten timados y ultrajados por el cumplimiento del tratado de aguas internacionales. Por su puesto que no dice la verdad, o la dice a medias, propicia el cuestionamiento y estimula la animadversión.
Por ejemplo, ayer mismo, el mandatario chihuahuense declaró a un medio digital que “Chihuahua ya no alcanza a pagar el agua que falta al cumplimiento del tratado, porque lo máximo que puede desfogar la presas (sic) El Granero son 22 metros cúbicos por segundo, sin embargo quieren abrir La Boquilla para enviar agua a Aldama y así seguir extrayendo el agua aún después del 24 de octubre”. La información carece de todo sustento, vaticina el fracaso de México en el cumplimiento del tratado, y produce incertidumbre entre el sector agrícola de la región centro-sur de la entidad.
Por otra parte, en entrevista de radio, el presidente de Junta Central de Aguas del Estado, Óscar Ibáñez, declaró ayer mismo que el gobierno de Chihuahua “no tiene cifras sobre la extracción de aguas”, y que son la Conagua y la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) las que les proporcionan los datos y ellos sólo los replican.
Hay contradicción entre Javier Corral y su subordinado, pero sobretodo una mala intención del primero que no genera soluciones para resolver el problema, el mismo que enfrentaron y ayudaron a resolver sus antecesores, sino que agudiza el enojo de los trabajadores del campo, y de quienes deseamos que este conflicto se resuelva a favor de nuestra gente.
“Ya es momento de que el gobernador Javier Corral deje de estar atizando fuego en el asunto del agua, su papel, más que de mediador, es de agitador. Si no ayuda, que no estorbe”, finalizó el senador Pérez Cuéllar.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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