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México

Campeche debe tener calma por Semáforo Verde: López-Gatell

Hugo López-Gatell Ramírez, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, emitió una felicitación para el Gobierno de Campeche y la Secretaría de Salud estatal, por ser el primer estado en alcanzar el Semáforo Verde. Sin embargo, pidió prudencia y esperar para regresar a clases presenciales.

“Reconocemos que han hecho un trabajo muy ordenado, no han caído en ninguna provocación respecto a desviaciones sobre la materia técnica y nos da mucho gusto ver que se cosechan los resultados”, expresó.

En conferencia de prensa sobre la COVID-19 en México, López-Gatell recordó que el color verde en el semáforo epidemiológico no significa riesgo cero de contagios, sino que la dinámica de la epidemia ha disminuido lo suficiente para que las actividades sociales y económicas regresen casi en su totalidad.

Por ello, el Subsecretario dijo que, aunque Campeche fue el primer estado que entró en Semáforo Amarillo y también el primero que está llegando a Semáforo Verde, es importante guardar la calma y valorar cuidadosamente los beneficios y riesgos de abrir los recintos escolares.

“Es apenas la primera experiencia de una entidad federativa que pasa a verde. Considero que sería más prudente esperar, esperar, no apresurar la apertura de recintos escolares y estar seguros que la transmisión llega a un punto mínimo”, señaló.

Además, ya que en octubre comienza la temporada de influenza en el hemisferio norte, solicitó prudencia antes de abrir escuelas en todos los estados que alcancen el Semáforo Verde durante las próximas semanas.

López-Gatell también destacó la labor del Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán, quien ha dado seguimiento a la seguridad sanitaria de los docentes y alumnos en el sistema de educación pública en México.

Hizo un llamado a todos los estados a seguir trabajando para mantener la reducción de contagios de coronavirus, con las dificultades que implican la complejidad demográfica y social de cada entidad.

También exhortó a la población a identificar la necesidad de llevar con orden el proceso de desconfinamiento y seguir las recomendaciones emitidas por la Secretaría de Salud, ya que son medidas que se incorporarán “por un largo tiempo”. Advirtió que todavía deparan varios momentos de intenso trabajo.

Fuente: SinEmbargo

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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